Una de las grandes preocupaciones de muchas personas es buscar la forma de tener una mayor cotización a la Seguridad Social. El objetivo, como no podría ser de otra forma, es intentar aumentar nuestra pensión de jubilación. Aunque muchas personas no lo crean, esto es posible si aplicamos unos sencillos trucos.
Hay mecanismos a través de los cuales la Seguridad Social nos permite optar a algunas ayudas o incluso continuar con la actividad laboral mientras ya se percibe la pensión de jubilación. Consejos muy importantes y útiles para aquellos trabajadores que, sobre todo, se encuentran en la recta final de su trayectoria y mirando hacia su anhelado retiro profesional.
Lo normal es que, cuando una persona ya se ha jubilado, esta sea su única fuente de ingresos. O al menos la mayor. Pero en ocasiones no resulta suficiente para cubrir las necesidades básicas o los deseos del beneficiario. Por esto, la Seguridad Social ofrece varias opciones que permiten ampliar la base de cotización de la pensión de jubilación.
El truco para aumentar nuestra pensión
Para poder utilizar alguno de estos mecanismos que ofrece la Seguridad Social, es indispensable tener en cuenta el método de cálculo de las personas, el cual está determinado por la cuantía de las aportaciones a la Seguridad Social en función de los años cotizados.
Para calcular el total de las pensiones, hay que considerar las bases de cotización de los trabajadores durante los 25 años anteriores a la fecha de jubilación. Esto equivale a un total de 300 bases de cotización y se promedian dividiéndolas entre 350 para obtener el valor de la base reguladora.
La Seguridad Social ajusta todas las bases, excepto las correspondientes a los últimos dos años, aplicándoles coeficientes para compensar el efecto de la inflación. Para los periodos en los que no se haya cotizado, el sistema de la Seguridad Social permite la integración de lagunas con bases ficticias que oscilan entre el 100% y el 50% de la base mínima.
Como decíamos, la Administración permite, en ciertos casos, ampliar la base de cotización. Esto se consigue gracias a que la Seguridad Social permite compatibilizar de varias formas la pensión con otras ayudas o con esa continuidad de la actividad laboral. Los mecanismos son los siguientes:
- La jubilación demorada: consiste en seguir trabajando una vez hemos cumplido la edad ordinaria de jubilación que asciende a los 67 años, o 65 si se acreditan 38 años y 6 meses cotizados). La Seguridad Social ofrece recompensas al trabajador: un 4% extra de base reguladora por cada año trabajado por encima de esa edad.
- La jubilación flexible: permite el trabajador compatibilizar el mantenimiento del trabajo con una reducción de jornada mientras se percibe la pensión de jubilación. El trabajador mantendrá la condición de pensionista y su jornada se reducirá de forma inversamente proporcional a la cuantía de la pensión.
- La jubilación parcial: permite reducir la jornada laboral entre un 25% y un 50% y hasta un 75% si la reducción laboral se acompaña de la contratación de una persona desempleada o de un empleado de la empresa bajo un contrato de trabajo temporal.
- Los convenios especiales: se trata de contratos que los trabajadores firman la Seguridad Social con el fin de "crear, conservar o incrementar el derecho a prestaciones". En este caso, el trabajador se compromete a abonar una cuota mensual, siempre que se cumplan ciertos requisitos previamente establecidos.