A lo largo del año, tanto trabajadores como pensionistas reciben dos pagas extras: en verano y en Navidad. Se trata de complementos salariales que constituyen un ingreso adicional es momentos específicos como los antes indicados.
El fin que se persigue con esta medida no es otro que mejorar el poder de los beneficiarios. Y el hecho de que sea en verano y en Navidad se debe a que suelen ser dos periodos en los que se suelen tener gastos adicionales.
Beneficiarios no son todos los trabajadores ni todos los pensionistas. Sólo aquellos que en sus contratos, en el caso de los primeros, tienen repartidas las nóminas en 14 pagas. Lo mismo sucede con los pensionistas. El resto de trabajadores y pensionistas tienen prorrateada la paga extra en 12 pagas. Así está reflejado en el Estatuto de los Trabajadores.
¿Se cobra lo mismo que en una nómina normal?
Sí y no. Sí, en el caso de los pensionistas. No, en el caso de los trabajadores. De hecho, para los primeros, a esta paga extra también se la conoce con el nombre de paga doble. Porque es eso, el doble de una paga habitual. Y se cobra de una tacada, en un único ingreso.
En el caso de los trabajadores, la cantidad depende de cada convenio colectivo. Su importe es equivalente a la suma de la base salarial del trabajador, más los complementos salariales que le correspondan.
¿Qué días se cobra la paga extra de verano?
Si ponemos el foco en los pensionistas, estos reciben su nómina a mes vencido. Es decir, que la extra de junio deberían cobrarla entre el 1 el 4 de julio. Pero los bancos suelen adelantar dicho pago.
Las entidades financieras suelen pagar a los pensionistas a partir del día 22 del mes anterior. Una fecha que podría variar este año, ya que el 22 de junio es sábado. De ahí que la fecha podría trasladarse al 24 de junio (lunes). O, por qué no, adelantarse al día 21.
En 2024, el importe máximo de cualquier pensión pública es de 3.175,04 euros mensuales. Por tanto, el máximo de la paga extra de verano será de 6.350,08 euros. En cómputo anual, ya sean 12 o 14 pagas, dicha cantidad no podrá sobrepasar los 44.450,56 euros.
En el caso de los trabajadores, estos la cobrarán durante el mes de junio. Y sobre la mesa hay dos opciones: una, que la cobren juntamente con la nómina del mes; y, dos, que la perciban en dos pagas diferenciadas.
En este último caso, no hay fechas concretas. Dependerá de cada empresa los días exactos de pago. Lo habitual es que este primer pago lo hagan a mediados de mes (entre el 15 y el 20 suelen ser las fechas) y, el segundo, a finales.