El Servicio Público de Empleo Estatal es una de las instituciones que más apoya a los trabajadores y desempleados del país. Una organización que se encarga tanto de seleccionar y agrupar ofertas de empleo como de organizar prestaciones para los sectores de la población que más lo necesitan.
Uno de los subsidios más demandados en nuestro país es el que perciben las personas mayores de 52 años, el cual ha sufrido las variantes de las últimas regulaciones que han entrado en uso recientemente. La ley indica que los beneficiarios y potenciales perceptores que hayan agotado la prestación o subsidio por desempleo pueden optar a esta prestación hasta que cumplan la edad legal de jubilación o consigan un nuevo contrato de trabajo.
Esta ayuda tiene una particularidad y es que es la única que cotiza para la jubilación. Es aportada y gestionada por el Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) y corresponde al 125% de la base mínima de cotización que esté vigente cada año. Sin embargo, para poder acceder a ella hay que cumplir una serie de requisitos y hay un caso en el que podemos incluso perderla.
¿Cómo se pierde el subsidio para mayores de 52 años?
Para poder acceder a este subsidio, evidentemente, el primer requisito con el que debemos cumplir es tener más de 52 años. Además, deben ser parados que hayan agotado la prestación por desempleo.
A su vez, otro de lo requisitos que es necesario cumplir es estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes desde que se agotó la prestación por desempleo anterior o desde la fecha de inscripción como demandante de empleo si se accede al subsidio por ser emigrante retornado, liberado de prisión o por revisión de incapacidad.
Para poder recibir esta ayuda, y casi cualquiera que tenga que ver con situaciones de desempleo, es obligatorio no haber rechazado ninguna oferta de trabajado que se considere adecuada ni haberse negado a participar, sin causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional durante ese mes.
Una cuestión importante también es que es necesario que la inscripción debe mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio. Además, tenemos la obligación también de cumplir con el acuerdo de actividad incluido en la solicitud del subsidio y no tener rentas propias mensuales que sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Si no se cumple este requisito tenemos otra oportunidad y es acreditarlo durante el próximo año a partir de ese momento. El cumplimiento de este requisito debe mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio. El último requisito es acreditar que se cumplen todos los requisitos, excepto la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social española.
Esto incluye haber cotizado por jubilación durante al menos 15 años, dos de los cuales deben estar dentro de los últimos 15 años, y haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral. Las cotizaciones realizadas en otros países se tienen en cuenta para percibir este subsidio solo si han sido realizadas en países del Espacio Económico Europeo o con los que exista un convenio de totalización de períodos para la protección por desempleo.