Los autónomos, aquellos que trabajan por cuenta propia, y que no disponen de un contrato de trabajo con un empleador que les asegure una nómina cada mes, están de enhorabuena. Y la razón es muy sencilla.
Porque tienen a su disposición una ayuda de hasta 3.000 euros. Dicha ayuda la ofrece el Gobierno, y la finalidad de la misma es apoyarles en el proceso de digitalización de sus negocios. Un proceso que no es fácil de acometer, ni barato, para este tipo de trabajadores.
Se trata del conocido como Kit Digital para autónomos. La ayuda está vinculada a los Fondos Europeos Next Generation para la digitalización de pymes y profesionales autónomos. Te contamos los pasos que debes dar si eres trabajador por cuenta propia para acceder al mismo.
Así pueden acceder los autónomos al Kit digital
Además de para los autónomos, el Kit Digital también está disponible para pymes. En este último caso, las ayudas son más elevadas y pueden llegar a ser de hasta 12.000 euros. La cantidad dependerá del número de empleados que tenga la empresa.
Hecha esta aclaración, conviene recordar que no se trata de una iniciativa novedosa. De hecho, arrancó en el año 2021. Y no hay discriminación en cuanto a la actividad del negocio. Como dicen en las películas, es para todos los públicos.
¿Para qué utilizar el dinero? Por ejemplo, para mejorar el comercio electrónico, la gestión de redes sociales o la gestión de clientes. También para gestión de procesos, la factura electrónica, o ciberseguridad.
¿Y qué requisitos hay que cumplir? Por lógica, ser autónomo y estar dado de alta en la Seguridad Social. Dicha alta debe tener una antigüedad mínima de seis meses, y no debe tener la calificación de empresa en crisis.
Asimismo, la persona interesada debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Por último, no debe superar el límite de ayuda de pequeña cuantía.
Tanto para pymes, como para autónomos, el negocio debe tener menos de 50 empleados y su domicilio fiscal debe estar en España. Tiene que tener en cuenta que si ha sido sancionado por infracciones graves en materia de Seguridad Social o tributación, la ayuda no le será concedida.
Entre las condiciones, debe mantener la actividad durante, al menos, tres años después de haber recibido la ayuda. Y deberá implementar las soluciones digitales previstas en un tiempo máximo de un año.
Por último, si recibe subvenciones que son incompatibles con el Kit Digital, este le será denegado. Y, aunque es a fondo perdido, hay que justificar cómo se han utilizado dichos fondos.
El plazo para presentar solicitudes concluye el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas y se realizará mediante la cumplimentación de un formulario automatizado en la sede electrónica de Red.es, también accesible desde la plataforma Acelerapyme. Si todo está correcto, en un plazo de dos semanas se puede obtener dicha ayuda.