No se trata de un tsunami pero si se podría calificar como un mini terremoto lo que va a suceder con los subsidios que actualmente ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Y el epicentro de estos cambios, siguiendo con el símil, fue la aprobación del Real Decreto-ley 2/2024 por el Consejo de Ministros del pasado 21 de mayo.
Conviene recordar que la propuesta para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo nació del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Una vez aprobada por el Consejo de Ministros, fue convalidada un mes después por el Congreso de los Diputados.
A continuación te mostramos cuáles son los subsidios que seguirán en activo a la par que aquellos otros que desaparecerán. A modo de ejemplo, y dentro de estos últimos, la ayuda familiar o Renta Activa de Inserción (RAI). ¿Cuándo se producirá el cambio? El 1 de noviembre.
¿Qué cambia en el SEPE para los desempleados?
Más allá de las subvenciones que aparecen o se quedan, hay una serie de novedades en el SEPE. Así, el proceso será más ágil y sus beneficiarios se incorporarán a los programas prioritarios de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo.
Además, se elimina el mes de espera para evitar vacíos de cobertura, y las víctimas de violencia sexual y de género podrán acogerse a un nuevo subsidio a partir de los 16 años. Tampoco conviene olvidar que aumenta la cobertura a las personas menores de 45 años sin cargas familiares.
Asimismo, se reduce a 10 el número de peonadas necesarias para acceder al subsidio de las personas trabajadoras eventuales agrarias; y será posible percibir un Complemento de Apoyo al Empleo hasta un máximo de 180 días para incentivar la incorporación laboral.
También se modifica el cómputo de renta individual sobre SMI para excluir a la persona beneficiaria; y se garantizan los mismos derechos para las personas trabajadoras a tiempo parcial.
¿Qué subsidios se mantienen y cuáles desaparecen?
De los ocho subsidios existentes hasta ahora, su número se reducirá a cuatro. El fin de la reforma no es otro que simplificar las ayudas asistenciales a aquellos desempleados que han agotado su prestación contributiva, o bien no han cotizado el tiempo suficiente.
Así, los subsidios que van a desaparecer a partir del 1 de noviembre serán la Renta Activa de Inserción (RAI), el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), el destinado a personas mayores de 45 años sin cargas familiares y el subsidio para personas liberadas de prisión.
Por el contrario, permanecen el subsidio por cotizaciones insuficientes, el dirigido a emigrantes españoles retornados, el subsidio para mayores de 52 años, y el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva. En este último se incorporarán las ayudas que dejarán de ofrecerse por el SEPE.