A la hora de realizar trámites con la Administración, el ciudadano tiene dos opciones muy diferentes. Por un lado, y poniendo el caso de la prestación por desempleo, puede tramitarla pidiendo cita previa en una oficina de prestaciones y luego acudir a la misma en la fecha y hora acordadas.

Y, por otro, puede hacerlo a través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). “Haciendo los trámites a través de la Sede Electrónica te ahorras tiempo y la necesidad de desplazarte físicamente”, subrayan desde la página web del SEPE, organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Eso sí, para poder hacerlo hay que acreditarse “para que te podamos atender de forma segura. Además, si tienes que firmar la documentación debes hacerlo también certificando que la persona que lo hace es realmente el interesado, para evitar fraudes”.

¿Cómo se puede acreditar?

Varias son las opciones que ofrece la Administración para que una persona se acredite. Una de ellas es el DNI electrónico; otra, el Certificado Digital; y, la tercera, Cl@ave permanente.

Poniendo el foco en el Certificado digital, que es el instrumento que ha sufrido un cambio que dirá adiós a las colas del SEPE, conviene señalar primero qué es. Se trata de unos ficheros que contienen la identidad del ciudadano.

Los mismos los crean entidades reconocidas por la Administración de certificación, por ejemplo, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).

“Para obtener un certificado digital primero debes solicitarlos estas entidades y, antes de poder usarlos, debes presentarte en un organismo público reconocido con tu DNI para que una persona habilitada te reconozca y los active”, matizan desde el SEPE.

Los Certificados digitales son tan válidos como el DNI Digital. Es decir, que con ellos se puede consultar la documentación y firmarla si así lo requiere el trámite que se va a realizar.

“Son muy cómodos porque los puedes instalar en un ordenador (siempre que sea de confianza), llevarlos en una memoria extraíble y usarlos sin necesidad de un lector adicional”, añaden.

Y advierten: “Siempre debes tenerlos bien controlados para que otra persona no pueda usarlos suplantando tu identidad”. ¿Cuál es la novedad? Pues que ya no hace falta acudir a una entidad, como se ha dicho antes, para verificar la identidad. Ahora se puede recibir en casa.

“Ahora puedes realizar este último paso con una vídeo-llamada, en la que un funcionario reconocerá de una forma segura que eres la persona a la que se le asignará este Certificado digital”, concluyen desde el SEPE.