¿Puedes cobrar el paro cuando me dé de baja en autónomos?

¿Puedes cobrar el paro cuando me dé de baja en autónomos?

Empleo Hoy

Buenas noticias para los autónomos en España: todo lo que necesitas saber antes de cobrar el paro

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Si eres autónomo, seguramente te habrás preguntado en más de una ocasión si podrás cobrar el paro en caso de que te des baja, y, en caso afirmativo, si podrás hacerlo por el tiempo que hayas cotizado cuando trabajabas por cuenta ajena.

Pues bien, la respuesta es sí, pero con matices. Lo primero que tienes que saber es que el cese en el trabajo por cuenta propia no es una situación legal de desempleo. Es decir, si eres tú quien decide dejar de trabajar como autónomo, no podrás cobrar ninguna ayuda.

Para poder disfrutar de una ayuda económica por desempleo, será necesario que vuelvas a trabajar por cuenta ajena, ya sea contratado por una persona o por una empresa. 

De este modo, sólo estando contratado podrás tener la posibilidad de cobrar el paro. Para ello, tendrás que esperar a quedarte desempleado otra vez, pues entonces sí que estarás en una situación legal de desempleo.

Para calcular cuánto te corresponde de paro, y según el propio Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), "se tendrá en cuenta todo lo que has cotizado en los 6 años anteriores a esta última situación legal de desempleo", tal y como podemos leer en su página web.

También tenemos el caso opuesto. El de una persona que esté cobrando una ayuda por desempleo tras ser despedido por su empresa y decida darse de alta como autónomo. En ese caso, el trabajador podrá seguir cobrando la ayuda cuando deje de ser autónomo, siempre que haya trabajado como autónomo menos de 24 meses.

Además, también existe una tercera posibilidad. En el caso de que una persona haya trabajado como autónoma más de 24 meses, pero menos de 60, también puede acogerse a esta ayuda por desempleo. El único requisito necesario es haberse dado de alta como persona autónoma, ya sea en el Régimen de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

Si estás interesado en solicitar esta o cualquier otra ayuda, puedes hacerlo a través de la propia página web del SEPE, ya sea de manera presencial u online. Si quieres que sea de forma presencial, puedes solicitar cita para tu oficina de prestaciones en esta dirección. Si prefieres que sea online, sólo tienes que acceder a este link.