Una mujer entrando en una oficina del SEPE.

Una mujer entrando en una oficina del SEPE. EFE

Empleo Hoy

Giro de 180 grados en el SEPE: estas son las nuevas ayudas que ofrece a los parados

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La fecha está a la vuelta de la esquina. Un giro de 180 grados para aquellas personas que están desempleadas. Y todo gracias a una propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social que fue ratificada en Consejo de Ministros el pasado 21 de mayo, en primera instancia, y un mes después, en el Congreso de los Diputados.

Fruto de todo ello fue el Real Decreto ley 2/2024 para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo. El mismo entrará en vigor el próximo 1 de noviembre.

“Los derechos reconocidos antes de esta fecha se mantienen con la normativa anterior hasta su extinción”, matiza el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

¿Cuáles son las novedades para los desempleados?

Aunque la fecha clave para la entrada de una serie de medidas es el 1 de noviembre, con anterioridad se han ido produciendo cambios de manera paulatina. Cambios que, a lo largo de los últimos meses, han tenido como protagonistas a la conciliación familiar y a los criterios para obtener el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

El 1 de noviembre entrarán en funcionamiento otras medidas como la desaparición de una serie de subsidios, la creación de otro nuevo de 570 euros, o que dejará de pagarse una ayuda de 2.880 euros.

Con todo, a partir de noviembre, el proceso será más ágil y sus beneficiarios se incorporarán a los programas prioritarios de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, por ejemplo.

Asimismo, se elimina el mes de espera para evitar vacíos de cobertura y las víctimas de violencia sexual y de género podrán acogerse a un nuevo subsidio a partir de los 16 años. Sin olvidar que aumenta la cobertura a las personas menores de 45 años sin cargas familiares.

¿Más cambios? Se reduce a 10 el número de peonadas necesarias para acceder al subsidio de las personas trabajadoras eventuales agrarias; y será posible percibir un Complemento de Apoyo al Empleo hasta un máximo de 180 días para incentivar la incorporación laboral.

También se modifica el cómputo de renta individual sobre SMI para excluir a la persona beneficiaria. Así, no se excluirá al solicitante que supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) sino que se tendrá la consideración de responsabilidades familiares cuando el total de rentas de la unidad familiar entre el número de personas que la forman (incluido el solicitante) no supere el 75% del SMI. También se garantizan los mismos derechos para las personas trabajadoras a tiempo parcial.

¿Qué otras mejoras incorpora el SEPE?

A nivel asistencial, se elimina la actual deducción por trabajo a tiempo parcial. Y podrán acceder al subsidio los españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva.

Respecto a las cuantías, los beneficiarios y beneficiarias del nivel asistencial del desempleo podrán percibir las siguientes cantidades: 6 primeros meses, 95% IPREM (570 euros según la referencia actual); 6 meses siguientes, 90% IPREM (540 euros); resto del periodo: 80% IPREM (480 euros).

En definitiva, mejor protección, posibilidad de compatibilizar los subsidios y prestaciones con la actividad laboral, mayor flexibilidad para acceder al mismo, y menores cargas administrativas.