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Hay un dicho castellano que dice que quien tiene un amigo tiene un tesoro. Sin embargo, en los tiempos que corren, esta frase hecha bien podría cambiarse porque quien tiene un buen trabajo, tiene un verdadero tesoro. Y es que lo que debería ser una costumbre se ha convertido en todo un privilegio. 

Sin embargo, aquellos que tienen un trabajo no ven la hora de que llegue el momento de cogerse vacaciones y poder disfrutar de unos días de descanso. Por eso, muchos esperan ya que lleguen los días de receso de las Navidades, los cuales podrán punto y final a un frenético 2024 que ha sido de desgaste constante para todos. 

No obstante, el 2025 ya asoma a la vuelta de la esquina y hay muchas cuestiones que los propios trabajadores tienen que resolver. Una de ellas será, precisamente, qué días de vacaciones se cogerán en el nuevo año. Sin embargo, lo que muchos no saben es que pueden multiplicar sus días de descanso aplicando un sencillo truco. 

Estas vacaciones son un derecho adquirido por los trabajadores tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, en función de la naturaleza del empleo o de las vacaciones en cuestión, estas pueden ampliarse por encima de los que corresponden por ley: 30 días naturales o 22 días laborables. Realizando algunos cursos o trabajando en domingo o en días festivos podemos acumular nuevos días que aumenten esta cuenta. 

En función de la empresa en la que estemos tendremos la oportunidad de elegir el día que queramos, siempre y cuando no perjudiquemos a la compañía ni al resto de trabajadores. O bien que sea la propia empresa la que lo haga, imponiendo un calendario que debemos acatar. Sin embargo, lo que muchas personas no saben es que de una manera legal, aplicando una serie de 'trucos', podemos ampliar estas vacaciones hasta rozar los 50 días libres al año. 

¿Cómo conseguir casi 50 días de vacaciones al año?

En condiciones normales, una persona tiene 22 días laborales de vacaciones. O lo que es lo mismo, 30 días naturales. Sin embargo, lo que muchas personas no conocen es que estos días se pueden ampliar por cauces que son legales y que nuestra empresa o nuestro jefe debe respetar. 

Y es que el Estatuto de los Trabajadores así lo permite. La posibilidad máxima de conseguir días de vacaciones de cara al año 2025 será de hasta 47 días. Para ello, tenemos que gestionar nuestras vacaciones de manera que alarguemos todos los puentes que existen en el calendario lo máximo posible. 

Cada año tiene 8 días festivos que son comunes para todo el territorio. Además, hay 4 festivos regionales, establecidos por cada comunidad, y otros dos festivos locales que los elige cada ayuntamiento. De esta forma suman otros 14 días a esos 22 iniciales. 

Para el año 2025, los festivos comunes son los siguientes:  el 1 de enero (miércoles, Año Nuevo), el 18 de abril (Viernes Santo), el 1 de mayo (jueves, Día del Trabajador), el 15 de agosto (viernes, Día de la Asunción), el 1 de noviembre (sábado, Todos los Santos), el 6 de diciembre (sábado, día de la Constitución Española), el 8 de diciembre (lunes, día de la Inmaculada Concepción), y el 25 de diciembre (jueves, Navidad). 

Además, todas las regiones de España han decidido incluir un día más como festivo que será el 6 de enero, día de Reyes. Sin embargo, habrá disparidad en la elección del día 12 de octubre, que cae en domingo y que no todas han pasado al lunes, y en el 17 de abril, Jueves Santo, que algunas comunidades lo pasan al lunes de Pascua (21 de abril).

Conociendo esta distribución del calendario, tenemos la posibilidad de situar nuestros festivos de tal manera que coincidan con festivos generales o autonómicos y así aumentar el número seguido de días de vacaciones que tenemos. 

  • Enero: si cogemos los días 2 y 3 de vacaciones, conseguiremos estar sin trabajar desde el miércoles 1 hasta el lunes 6, ambos incluidos.



  • Abril: salvo en Cataluña y Comunidad Valenciana, en toda España el día 17 también es fiesta. Por ello, si nos cogemos de vacaciones 14, 15 y 16, podremos empalmar hasta 9 días sin trabajar de manera consecutiva. Una buena Semana Santa. En caso de Cataluña y Comunidad Valenciana, cogiendo también el 17, podrán ampliar su lista de días de vacaciones hasta los 10 consecutivos, ya que allí es fiesta el lunes de Pascua (21 de abril).



  • Mayo: los madrileños celebrarán el 2 de mayo el Día de la Comunidad, el cual unirán al 1 de mayo, Día del Trabajador. En el resto de España tendrán que cogerse como festivo ese día 2 para hacer un puente de 4 días.



  • Octubre: habrá comunidades en España que han trasladado el festivo del 12 de octubre, que cae en domingo este año, al lunes 13. Y así podrán disfrutar de un puente de tres días de duración.



  • Diciembre: si en este mes nos cogemos de vacaciones los días 26, 29, 30 y 31 de diciembre, podremos unirlos a los días 25 diciembre y 1 de enero, festivos nacionales. De esta manera, acumularemos de nuevo una serie de días seguidos sin trabajar. A estos habrá que añadir la posibilidad de hacer un puente de tres días si tenemos festivo el 8 de diciembre, día de la Inmaculada Concepción, que cae en lunes.