Si eres autónomo, toma nota: estos son todos los requisitos y fechas para la tributación por módulos para 2025
- Ya está abierto el plazo para los autónomos y pequeños empresarios que quieran tributar con módulos en 2025.
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Con el paso de 2024 a 2025, no solo se produce el cambio de año regular, sino que también se preparan las convocatorias para diferentes temas fiscales así como sus plazos y requisitos que se deberán seguir de cerca, especialmente por los trabajadores autónomos y pequeñas empresas.
Uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta para el próximo año es la tributación por módulos del que se benefician muchos autónomos cada año. Se trata de un régimen fiscal en el que se permite que determinados contribuyentes, autónomos y pequeñas empresas, calculen su base imponible y paguen sus impuestos de una manera simplificada.
Es la forma más fácil de tributar como autónomo debido a la simplificación que supone no tener que hacer seguimiento a los libros de registro de la actividad laboral en relación con el IRPF, aunque el IVA sí se debe llevar a Hacienda.
Es decir, en lugar de seguir día a día los gastos e ingresos del negocio, se aplican unos coeficientes marcados por la ley que determinan su rendimiento económico y así su respectiva tributación.
Este régimen es una estimación objetiva ya que no se tienen en cuenta los datos reales de la actividad empresarial, en su lugar son unos parámetros predefinidos donde se tienen en cuenta variables como el número de empleados, los metros cuadrados del local o variables como el tipo de actividad.
¿Qué requisitos se necesitan para la tributación por módulos?
Para poder acceder a esta tributación, la Agencia Tributaria establece una serie de requisitos a cumplir por los contribuyentes. Para empezar, es un régimen que se atribuye a sus miembros directamente, siempre que todos ellos sean personas físicas.
Otro requisito para que se pueda tributar de esta forma, es la actividad que realiza el negocio. Tiene que ser una de las siguientes: comercio minorista, hostelería y restauración, transporte de mercancías y viajeros, talleres de reparación de vehículos y otros bienes; actividades agrícolas, ganaderas y forestales, artesanales, de servicios personales, profesionales con limitaciones específicas y deportivas y recreativas. Así, tiene que estar dentro de una de estas actividades y cumplir con sus respectivos límites.
También es necesario comprender el límite de ingresos dado que los ingresos del anterior no pueden superar los 250.000 euros tanto para actividades generales como agrícolas, forestales o ganaderas. Si la actividad empieza ese año, entonces se calcula de forma proporcional.
A su vez, el límite de adquisiciones e importaciones no puede superar los 250.000 euros anuales, sin IVA. Si la actividad empieza el año anterior, el límite se ajusta proporcionalmente.
Asimismo, la actividad no puede estar en otro régimen incompatible con el simplificado del IVA, aunque sí que es compatible con los regímenes especiales de agricultura, ganadería y pesca.
Por último, hay otras condiciones adicionales como que para poder acogerse a este sistema de tributación, los contribuyentes deben no haber renunciado previamente al mismo régimen de módulos ni al de estimación objetiva del IRPF.
Este tipo de tributación se puede aplicar de cara a 2025. Sin embargo, hay que tener presente el plazo para realizar su solicitud desde el 1 de diciembre de 2024 hasta el 1 de enero de 2025. No obstante, es posible que el plazo se pueda alargar en un futuro.