Es habitual que haya muchas dudas con respecto a lo que pueden o no pueden hacer aquellos trabajadores que están de baja laboral, siendo una de ellas la de saber si estos pueden viajar de vacaciones con normalidad. En este sentido es importante conocer una serie de puntos clave.
La Seguridad Social define la incapacidad temporal como un apoyo económico diario con la cual compensar la pérdida de ingresos que una persona tiene por una enfermedad común, enfermedad profesional, accidente no laboral o accidente de trabajo. En el artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social se indica que el subsidio puede ser negado, suspendido o cancelado en casos de fraude.
Asimismo, también en el caso de que haya un trabajo remunerado por cuenta ajena o propia, o cuando el beneficiario de la misma rechaza o abandona su tratamiento médico sin que haya un motivo justificado para ello.
[¿Qué pasa si estando de baja por enfermedad te fotografían haciendo deporte o en una fiesta?]
A la hora de hablar de si un trabajador con baja laboral puede viajar por vacaciones, no existe ninguna ley específica que impida viajar a personas que están de baja, ni ningún tipo de normativa que restrinja los desplazamientos durante el periodo estival.
Sin embargo, dado el caso de que el viaje afecte de forma negativa a la salud del trabajador, la Seguridad Social podría reconsiderar la situación de incapacidad laboral temporal. Por este motivo, a la hora de planificar un viaje en estas condiciones, es aconsejable buscar asesoramiento profesional para evitar futuros problemas.
Tanto la Seguridad Social como la entidad médica pueden solicitar explicaciones al trabajador si viaja mientras está de baja, caso en el que el empleado deberá poder justificar que el viaje no afecta a su proceso de recuperación. De hecho, en determinados casos, como cuando un trabajador está de baja por problemas de ansiedad o depresión, incluso viajar puede ser una recomendación médica para favorecer su proceso de recuperación.
¿Qué actividades no debo hacer estando de baja?
Teniendo en cuenta todo lo anterior, hay que saber que, aunque no existe una normativa específica al respecto de las acciones a evitar y las que se puede realizar, todo dependerá del tipo de baja, de la enfermedad y de las particularidades de cada caso en particular. En todo caso, lo más recomendable es seguir las indicaciones del médico o especialista.
Lo que sí refleja la ley al respecto es que el trabajador debe dar prioridad a la recuperación de su salud, y que, por tanto, debe evitar cualquier conducta que pueda retrasar dicho proceso. Por ejemplo, la actividad física debe ser evitada si el trabajador si la lesión o enfermedad que padeces te impide realizarla, aunque puede ser recomendable en caso de baja por razones psicológicas.
En todo caso, si se está de baja, lo lógico es no actuar como si no se estuviese, lo que podría ocasionar problemas ante el juez, que puede entender que, si sigues con tu día a día de forma normal, lo habría razones de peso para que se impidiese tu actividad laboral.
¿Qué se puede hacer estando de baja?
Hay algunas actividades que pueden estar recomendadas a nivel médico por asuntos psicológicos, pero que deben evitarse cuando hay lesiones físicas. Algunas de las actividades más habituales son las siguientes:
- Cambio de residencia: si durante una baja laboral, una persona quiere cambiar de residencia, por ejemplo, a otra ciudad, es imprescindible que se solicite con anterioridad al médico.
- Hacer deporte: si se trata de una lesión física no se debe realizar ninguna actividad física si tu lesión te lo impide o puede empeorar tu estado. En cambio, cuando se trata de una baja por razones psicológicas, los propios médicos pueden recomendar la práctica deportiva, ya que tiene beneficios en este sentido.
- Examinarse: si la incapacidad temporal no te impide salir del hogar, se pueden realizar sin ningún tipo de problema o miedo cualquier tipo de prueba o examen en el que no se requiera de un esfuerzo físico, como una prueba teórica de conducir, unas oposiciones, o certificaciones de idiomas, entre otros.
- Acudir a una cena o fiesta: en este sentido, conviene tener en cuenta que no es la misma situación la de acudir a una discoteca o un festival de música que acudir a un concierto en una butaca, a una obra de teatro o a una cena con la pareja o amigos. En el primer caso, salvo que estés de baja por razones de estrés, depresión o ansiedad, y que el médico te haya recomendado este tipo de actividades, es preferible evitarlas. En el caso del salir a cenar o a tomar algo, o alguna actividad similar, no habrá ningún tipo de inconveniente y podrás realizarlas sin ningún tipo de problema.
- Pasear: si no tienes ningún tipo de patología o lesión que te impida abandonar tu domicilio, podrás pasear sin ningún tipo de problema. No obstante, tendrás que hacerlo siempre con cuidado y tomando las precauciones necesarias para evitar que tu proceso de recuperación se vea afectado.
- Hacer la compra: lo mismo sucede en el caso de que quieras hacer la compra, ya que, si tienes una incapacidad temporal que no te impide coger peso o desplazarte, podrás acudir al supermercado sin inconveniente alguno.
No obstante, ante cualquier duda al respecto, se recomienda preguntar siempre al médico que será quien mejor te pueda asesorar al respecto de aquellas actividades que son o no perjudiciales para ti. Además, deberás acudir a todas las citas médicas determinadas por los especialistas y seguir su tratamiento. No hacerlo podría suponer la suspensión cautelar de la baja.