La sentencia revolucionaria que dictó la semana pasada el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el derecho de los trabajadores interinos a cobrar una prestación como los indefinidos pone contra las cuerdas a una de las propuestas estrella de Ciudadanos (Cs): el contrato único, reconvertido en contrato estable progresivo que pactó primero con el PSOE y después con el PP.

La idea que subyace a su contrato único es la de la indemnización creciente con la antigüedad. Así, en su acuerdo con el PP, el empleado que sea despedido por causas objetivas cobraría una indemnización de 12 días en el primer año de trabajo, 16 días en el segundo y 20 días (lo que cobran hoy los indefinidos), a partir del tercer año. Esto significa que dos personas que estén desempeñando el mismo trabajo podrían tener una indemnización diferente, una situación que los expertos laboralistas creen que puede vulnerar el fallo de la Justicia europea.

La importancia de la sentencia se debe a que el Tribunal compara un tipo concreto de temporales (los interinos) con el trabajador fijo al que sustituye. En ese caso, dos empleados que desempeñan la misma labor tienen unas condiciones diferentes, ya que el interino no cobra ningún tipo de indemnización y el fijo cobra 20 días si es por despido procedente. Es el propio Tribunal quien confronta la situación de estos temporales con “los trabajadores fijos comparables”. Ante esta situación, los expertos laboralistas tienen serias dudas de que el contrato estable progresivo que plantea Ciudadanos no vaya en contra del fallo del TJUE.

Si la interpretación que se hace de la sentencia es que los temporales tienen que tener la misma indemnización que los indefinidos, el contrato único de Ciudadanos sí que se cae

En definitiva, se trata de dos empleados que están haciendo el mismo trabajo con una situación diferente: uno con una indemnización de 12 días y otro con una de 20. La sentencia del Tribunal europeo es muy genérica y deja abierta la interpretación sobre la indemnización que tiene que tener cada tipo de contrato, pero los abogados laboralistas auguran un difícil encaje con el contrato único de Ciudadanos.

“Si la interpretación que se hace de la sentencia es que todos los trabajadores temporales tienen que tener la misma indemnización que los indefinidos, el contrato único de Ciudadanos sí que se cae”, explica Alberto Santos, experto laboralista. En el caso de que la propuesta del contrato estable progresivo siga adelante, serán los tribunales y, en última instancia, la Justicia europea quien determine si es legal que la indemnización sea creciente.

Roberto Miño, coordinador del Área de Derecho del Trabajo de Cremades Calvo Sotelo, también tiene muchas dudas sobre el futuro del contrato propuesto por Ciudadanos. En su opinión, aunque se cambie la nomenclatura del contrato y se elimine la palabra temporal, la esencia de la reforma no puede contradecir la esencia del fallo del Tribunal. “Lo que no se puede hacer es poner unas reglas de indemnización que vayan en contra de la sentencia”, resalta Miño. “Lo pueden salvar diciendo que ya no hay contratos temporales ni indefinidos, pero sería un escándalo”, advierte el experto.

Discriminación

La falta de concreción de la sentencia del TJUE genera estos problemas de centenares de expertos leyendo el fallo y sacando conclusiones diferentes. Sin embargo, los sindicatos tienen muy claro que lo que la Justicia europea está determinando es que se tiene que acabar con la discriminación que sufren los trabajadores temporales. La consecuencia es que recurrirán (o ayudarán a recurrir) a todos los trabajadores que se sientan en una situación de inferioridad ante el despido.

En última instancia, tendrá que volver a ser el Tribunal europeo quien determine cuál es la interpretación correcta de su sentencia. Lo que está claro es que el contrato en el que la indemnización es creciente con la antigüedad ya tiene un punto débil y podrá recurrirse en caso de que sea aprobado.

Lo que no se puede hacer es poner unas reglas de indemnización que vayan en contra de la sentencia

La duda es saber si para la Justicia europea el hecho de que la indemnización sea creciente por un hecho objetivo, la antigüedad, supone una discriminación hacia algunos trabajadores. De ser así es probable que bloquee esta modalidad. Muchos expertos laboralistas creen que lo que quiere el Tribunal es establecer la temporalidad como una causa más de despido objetivo y que sea tratado como tal, esto es, con una indemnización igual que la de los indefinidos, ya sea esta de 20 días, de 10 o de 30.

La sentencia del Tribunal europeo es tan novedosa que no hay precedente. De hecho, el fallo abre la puerta a que los trabajadores temporales de otros países también puedan reclamar un trato equitativo con los indefinidos. Esto implica que no se pueden buscar otros casos en Europa donde el TJUE haya adoptado una decisión similar.

De hecho, este es un terreno inexplorado que no se había recorrido hasta ahora, y eso que el Estatuto de los Trabajadores es de 1980 y ya entonces establecía una diferenciación entre las indemnizaciones de los fijos y los temporales. Lo que está claro es que la sentencia obliga a un cambio en la normativa española y supone un vuelco para el mercado laboral.

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