Era uno de los principales miedos en Bruselas: el riesgo de que la devolución de las cláusulas suelo desestabilizara de nuevo al sector financiero español y provocara otra crisis como la que obligó a pedir el rescate bancario en 2012. Una alarma a la que contribuyó el propio Banco de España con un informe confidencial remitido al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que magnificaba el impacto negativo que tendría el reintegro de la totalidad de lo cobrado de más por las cláusulas suelo.
Si el Tribunal Supremo no hubiera fijado el límite de mayo de 2013 para su devolución -un tope que ahora ha sido tumbado por el TJUE-, España se habría visto obligada a pedir entonces a la UE una ampliación del programa de asistencia financiera de 41.300 millones de euros y habría puesto en riesgo la estabilidad de la eurozona, sostenía el Banco de España. El contenido de este informe se conoce porque los bancos lo esgrimieron en apoyo de sus tesis durante la vista pública celebrada por el TJUE en abril.
Las cláusulas suelo figuraban también entre los seis riesgos que la Comisión y el Banco Central Europeo veían para la banca española. El reintegro de lo cobrado de más "podría tener un impacto significativo en el sector financiero en su conjunto para el que las entidades deben prepararse", avisaba el informe de vigilancia del rescate bancario publicado en junio. El Ejecutivo comunitario ha respaldado desde el principio a los clientes que denunciaron los abusos de las cláusulas suelo.
Incluso el abogado general del TJUE, Paolo Mengozzi, compró el argumento del peligro de otra crisis bancaria. En su dictamen preliminar de julio, Mengozzi dio la razón a la banca y alegó que la devolución retroactiva de todo lo cobrado de más tendría "repercusiones macroeconómicas" para la economía española.
La banca española es sólida
Pero la sentencia final del Tribunal de Justicia de Luxemburgo contradice los argumentos de Mengozzi y exige a la banca que devuelva la totalidad de las cláusulas suelo. En los 77 puntos de que consta el fallo, no se alude ni una sola vez al riesgo de crisis bancaria. Y eso pese a que tanto los bancos como los demandantes centraron la mayoría de sus argumentos en esta cuestión durante la vista de abril.
Para Bruselas, la banca española es ahora perfectamente capaz de absorber el impacto negativo del dictamen del TJUE. "Muchos de los bancos ya han hecho provisiones para hacer frente a los riesgos de litigación", ha dicho la portavoz de Asuntos Económicos de la Comisión, Annika Breidthardt. "De forma más general, el sector bancario español ha llevado a cabo un profundo proceso de reestructuración y ha recuperado su solidez y fortaleza financiera tras la crisis", ha agregado.
De hecho, el último informe de vigilancia de Bruselas y el BCE publicado a principios de diciembre ni siquiera menciona las cláusulas suelo. "El sector financiero sigue mostrando un alto grado de estabilidad, gracias su reestructuración, los bajos costes de financiación y la fuerza de la recuperación económica", afirma el estudio.
También el ministro de Economía, Luis de Guindos, ha resaltado que la banca española es "solvente" y podrá hacer frente sin problemas a las consecuencias de la sentencia sobre las cláusulas suelo. Incluso el Banco de España ha reculado en su alarmismo. Mientras que en el informe que presentó al TJUE cifraba el impacto para la banca en entre 5.000 y 7.600 millones de euros, este miércoles lo ha reducido a 4.200 millones.
Hay que proteger a los clientes
Como en anteriores sentencias que han obligado a modificar la legislación hipotecaria española, el Tribunal de Justicia de la UE pone el énfasis en la necesidad de proteger a los clientes frente a las cláusulas abusivas. El fallo resalta que si un juez declara abusiva una cláusula contractual -como hizo el Supremo con las cláusulas suelo-, eso equivale a que la disposición "nunca ha existido, de manera que no podrá tener efectos frente al consumidor".
Ello debe traducirse, prosigue el fallo, en "la restitución de las ventajas obtenidas indebidamente por el profesional (en este caso los bancos) en detrimento del consumidor" en su totalidad. De lo contrario, esta medida no tendría ningún efecto disuasorio frente a posibles abusos, ya que las entidades podrían quedarse con todos los beneficios obtenidos hasta que una cláusula sea declarada ilegal.
Por estos motivos, el TJUE concluye que el límite de mayo de 2013 que fijó el Tribunal Supremo "es incompatible con el derecho de la Unión". "Tal limitación da lugar a una protección de los consumidores incompleta e insuficiente, por lo que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de cláusulas abusivas", dice el fallo.
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