Este jueves se ha cerrado el plazo para las enmiendas parciales al proyecto de ley que incluye los nuevos impuestos a la banca y a empresas energéticas, vía por la que se va a aprobar la tasa de solidaridad a las grandes fortunas. PSOE y Unidas Podemos han esperado hasta cerca del cierre para entregar en el Congreso su propuesta para el nuevo tributo, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL-Invertia.
La enmienda es clara. Entre las justificaciones del nuevo tributo está la "armonizadora, con el objetivo de disminuir las diferencias en el gravamen del patrimonio en las distintas comunidades autónomas".
El foco está puesto especialmente en que "la carga tributaria de los contribuyentes residentes en aquellas comunidades autónomas que han suprimido, total o parcialmente, el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio no difiera sustancialmente de la de los contribuyentes de las comunidades autónomas en las que no se ha optado por reducir la tributación por dicho impuesto".
Es decir, que el Ministerio de Hacienda cumple uno de sus principales objetivos con la medida: equilibrar el impuesto de Patrimonio e igualarlo en todas las comunidades autónomas al alza, con el foco puesto en Madrid y Andalucía, las únicas regiones en las que el tributo está desgravado al 100%.
La enmienda introducida por PSOE y Unidas Podemos también incluye una justificación "recaudatoria" del impuestos, exigiendo "un mayor esfuerzo a quienes disponen de una mayor capacidad económica, es decir, una muestra de solidaridad de las grandes fortunas".
Además, el documento concreta que "el impuesto no podrá ser objeto de cesión a las comunidades autónomas". Así mismo, indica que sigue el esquema del "Impuesto sobre el Patrimonio y se articula como un tributo temporal aplicable en los dos primeros ejercicios en que, a partir de su entrada en vigor, se devengue dicho impuesto".
Con todo, como ya contó este periódico, se incluye una futura evaluación del impuesto para decidir su mantenimiento o supresión.
Tramos
Cabe recordar que el nuevo impuesto a las grandes fortunas gravará la riqueza neta superior a los 3 millones de euros. La tasa se quiere aprobar antes de que acabe el año, de manera que tenga efecto en 2022 y 2023 y genere recaudación 'extra' en 2023 y 2024 de 1.500 millones anuales.
Constará de tres tramos: entre 3 y 5 millones de riqueza neta se pagará un 1,7%; entre 5 y 10 millones, un 2,1%; y por encima de 10 millones, un 3,5%. El tributo será complementario a Patrimonio, fórmula con la que el Gobierno asegura que se va a evitar problemas de "doble imposición".
Con todo esto, cambia el nombre de la propuesta legislativa. Pasa a denominarse "Proposición de Ley para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, y por la que se crea el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias”.
Sin embargo, las enmiendas presentadas por el PSOE y Unidas Podemos en el Congreso incluyen más sorpresas. Entre ellas, una revisión de las tasas que la industria farmacéutica paga a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps).
Tasas de la Aemps
Dicha revisión se justifica en que llevan sin renovarse seis años, que es de cuando data "la adopción del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios".
La enmienda argumenta que "el desarrollo de los servicios y actividades de esta Agencia, junto con la evolución de la normativa europea en materia de medicamentos y productos sanitarios, ha originado que, en determinados supuestos, la realidad
actual no se ajuste a los preceptos materiales que les sirven de cobertura".
También hay sorpresas para el propio impuesto de Patrimonio. Pasa a afectar a entidades foráneas con activos inmobiliarios en España.
Concretamente, quedarán afectados por este impuesto también los valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, no negociados en mercados organizados, cuyo activo esté constituido en al menos el 50%, de forma directa o indirecta, por bienes inmuebles situados en territorio español.