Hacienda prevé un impacto importante de la sentencia del Constitucional sobre el Impuesto de Sociedades
Fuentes fiscales indican que ya muchas empresas habían planteado recursos contra la reforma de 2016, por lo que deberían ser compensadas.
19 enero, 2024 02:00Al Gobierno le toca manejar una nueva patata caliente heredada de los mandatos de Cristóbal Montoro como ministro de Hacienda. El Tribunal Constitucional ha anulado la reforma fiscal que ejecutó el popular Cristóbal Montoro en 2016. Concretamente, se usaron decretos-ley para limitar el uso de deducciones y bases imponibles negativas en el Impuesto de Sociedades por parte de las grandes empresas y elevar así la recaudación, algo que el Constitucional considera que esto vulnera la Ley. Todo apunta las compensaciones le van a salir muy caras al Estado.
De hecho, pese a que todavía es pronto para hacer pronósticos concretos, el Ministerio de Hacienda prevé que el impacto económico sea elevado. Fuentes del departamento que dirige María Jesús Montero admiten que aún no saben cuál será la cifra exacta, pero sí avisan de que la cuantía final que tendrá que desembolsar el Estado a las empresas afectadas será importante.
Sin embargo, todavía hay muchos interrogantes por resolver de la sentencia, que el Constitucional todavía no ha desvelado plenamente. Por ahora, lo que se conoce es la nota informativa que concreta que la inconstitucionalidad de los decretos-ley aprobados por el Gobierno de Mariano Rajoy.
Las modificaciones fiscales de hace ocho años declaradas inconstitucionales son los topes a la compensación de bases imponibles negativas, la limitación de deducciones por doble imposición y la obligación de integrar en la base del impuesto los deterioros de valor de sus participaciones fiscalmente deducibles por quintas partes en cinco años. Todo limitaciones para empresas que facturaran a partir de 20 millones de euros anuales.
Unos cambios por los que Montoro aseguró que las arcas públicas recaudarían 4.300 millones de euros más al año. Cantidades que ahora el Estado tendría que devolver... ¿O no?
El propio Constitucional pone límites a su sentencia. Por seguridad jurídica, no obliga a Hacienda a devolver todo el dinero recaudado indebidamente durante los últimos ocho años. Tampoco tiene efecto retroactivo, salvo para liquidaciones ya impugnadas y pendientes de resolución.
Es decir, que la sentencia sólo va a compensar y beneficiar a empresas que hubieran abierto procesos de reclamación contra el pago del impuesto de Sociedades de estos años. Pese a ello, en Hacienda insisten: las devoluciones y el pago de intereses por parte del Estado van a doler.
Paula Gámez, socia y abogada tributaria de Ceca Magan, en cualquier caso, no tienen claro este extremo. "En 2016 no se recurrió de manera generalizada al recurso. No creo que haya muchos procesos abiertos".
Pese a ello, avisa de que el mayor efecto de la sentencia se experimentará este mismo año, cuando se liquide el Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio 2023.
Sin conejos
¿Por qué? Salvo que el Gobierno se saque un conejo de la chistera legal, no hay manera de impedir que las empresas puedan aplicar las deducciones que Montoro anuló para el ejercicio fiscal que acaba de terminar.
Por su parte, Daniel Gómez Solano, del Consejo Asesor Institucional de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), no comparte la opinión de Gámez. En este sentido, considera que la sentencia del Constitucional "puede dejar un agujero muy grande en las arcas públicas".
Este fiscalista considera que "las grandes empresas, del Ibex y similares, seguro que han recurrido. De hecho, esto es lo que se recomendaba en el sector de los abogados".