María Jesús Montero, vicepresidenta primera y ministra de Hacienda.

María Jesús Montero, vicepresidenta primera y ministra de Hacienda. Europa Press

Macroeconomía

El Gobierno 'cuela' en la reforma fiscal un aumento del control sobre las operaciones bancarias de ciudadanos y empresas

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El Ministerio de Hacienda ya trabaja en el reglamento que desarrollará el tipo mínimo del 15% para las multinacionales y, al igual que sucedió con su respectivo proyecto de ley, incluye otros cambios normativos que el Gobierno tenía pendientes. Entre ellos, los que se refieren a las obligaciones informativas de las entidades financieras, además de otras medidas destinadas a la lucha contra el fraude.

Según se recoge en el texto que este miércoles sacó a audiencia pública el departamento de María Jesús Montero, los bancos tendrán que presentar a partir de su entrada en vigor declaraciones sobre todo tipo de cuentas, incluyendo las de pago y no bancarias. En esta línea, el suministro de información sobre cuentas pasa de ser anual a mensual.

La declaración incluirá todos los datos identificativos necesarios, así como los saldos de las cuentas a 31 de diciembre y el saldo medio correspondiente al último trimestre del año (aunque el suministro de información sobre cuentas será mensual). También los importes totales de los cargos y abonos del ejercicio.

La obligación se extiende a todas las entidades de pago y dinero electrónico, incluidas las que operan desde el extranjero bajo el régimen de libre prestación de servicios. Estas entidades deberán informar mensualmente sobre las cuentas y operaciones de sus clientes residentes en España.

"Las entidades de crédito y las demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tráfico bancario o crediticio, vendrán obligadas a presentar una declaración informativa mensual referente a la totalidad de las cuentas abiertas en dichas entidades o puestas por ellas a disposición de terceros en establecimientos situados dentro o fuera del territorio español", reza el documento.

Además, las sucursales en España de entidades extranjeras también estarán obligadas a reportar información. Según el proyecto, la medida busca alinear las normativas tributarias con las exigencias internacionales y tecnológicas.

Asimismo, la nueva normativa eliminará el umbral de 3.000 euros al año para que los profesionales informen sobre cobros realizados mediante tarjetas o sistemas asociados a teléfonos móviles, como Bizum. Según el texto, esta eliminación busca "mejorar la lucha contra el fraude fiscal y la eficacia de las actuaciones recaudatorias".

Por su parte, las entidades emisoras de "todo tipo de tarjetas" deberán declarar anualmente las operaciones realizadas con este medio de pago cuyo importe total supere los 25.000 euros, desglosando cargos, abonos y retiradas de efectivo.

Los informes mensuales también llegarán a todas las entidades de crédito "y demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tráfico bancario o crediticio". En este caso, deberán informar de los saldos por importe superior a 6.000 euros a 31 de diciembre de los créditos concedidos.

Igualmente, deberán declarar las imposiciones, disposiciones de fondos y cobros de cualquier documento que se realicen en metálico cuando su importe super los 3.000 euros, ya sea la cantidad en euros u otra moneda.