El Banco Santander ha decidido compensar a los clientes del Banco Popular afectados por la resolución de la Junta Única de Resolución (JUR) y la posterior venta de la entidad al banco presidido por Ana Patricia Botín. De esta manera, el Santander maniobra para atemperar la riada de demandas que contra esta resolución están en marcha.
La acción de fidelización se dirige a clientes, tanto del Popular como del Santander, que acudieron a la ampliación del Popular en junio de 2016 o suscribieron obligaciones del Popular emitidas entre julio y octubre de 2011. No obstante, existen limitaciones para recibir estas compensaciones.
El máximo a compensar será de 650.000 euros
Aquellos que invirtieron entre 100 y 100.000 euros serán compensados con el 100% de la inversión. Hasta el 75% con inversiones entre más de 100.000 y 500.000 euros y llegará al 50% por inversiones de entre 500.001 y un millón de euros.
En el caso de los que invirtieron más de un millón de euros, sea cual fuera la cantidad invertida, la compensación se queda en 650.000 euros. Los que se derivan del 100% de los primeros 100.000 euros más el 75% del tramo de hasta 500.000 y el 50% del medio millón restante.
El coste máximo derivado de la acción de fidelización en el momento de su concesión se estima en aproximadamente 680 millones de euros y no tendrá impacto adicional en el capital del Santander al haberse incluido en los ajustes de primera consolidación de Banco Popular, que habían sido tomados ya en consideración en la estimación de la información financiera semestral a 30 de junio de 2017 que fue comunicada mediante hecho relevante el 3 de julio de 2017.
Impacto no significativo en las cuentas del Santander
La acción de fidelización no tiene impacto en la cuenta de pérdidas y ganancias del Grupo Santander y su impacto en 2017 en patrimonio neto del grupo cántabro no será significativo.
En virtud de esta acción de fidelización, los clientes de Banco Santander y Banco Popular que reúnan determinadas condiciones y se hayan visto afectados por la resolución de Banco Popular podrán recibir, sin desembolso alguno por su parte, valores negociables emitidos por Banco Santander por un importe nominal equivalente a la inversión en acciones o en determinadas obligaciones subordinadas de Banco Popular (con ciertos límites) de las que eran titulares a la fecha de la resolución de Banco Popular.
Ampliación del Popular de junio de 2016
La acción de fidelización va dirigida a clientes minoristas, tanto del Popular como del Santander, que hubieran adquirido acciones del Popular entre entre el 26 de mayo y el 21 de junio de 2016, el periodo de suscripción de la última ampliación, acometida bajo el mandato de Ángel Ron.
También podrán ser beneficiarios de esta acción los clientes de ambos bancos que suscribieron obligaciones de Banco Popular y las conserven depositadas en el Santander, Popular, Pastor o Popular Banca Privada. Asimismo, se requiere que, cuando se entreguen los bonos de fidelización, mantenga una relación comercial equivalente con estas entidades.
Bonos de fidelización
El número de bonos de fidelización a entregar a cada cliente resultará de dividir el Importe a Compensar por el valor nominal del bono (100 euros), redondeándose a la baja.
Se estima que el valor nominal máximo a emitir de bonos de fidelización será de aproximadamente 980 millones de euros. Si bien el valor nominal de cada bono de Fidelización será, como se ha indicado, de 100 euros, está previsto que su valor razonable en el momento de la entrega sea inferior.
Reacciones de los abogados demandantes
Ante el anuncio del Santander de ofrecer esta compensación, algunos de los despachos de abogados inmersos en las demandas presentadas contra la resolución por la que se vendió el Banco Popular ya se han pronunciado. Y, como es lógico, en contra de una medida que afectaría a sus intereses, caso de que los demandantes la aceptaran y dejaran aparcada la opción de litigar.
Desde el despacho Durán & Durán muestran su intención de "recomendar a nuestros clientes que no cedan un ápice que soliciten su dinero puesto que los Juzgados al igual que con Bankia van a restituir conforme establece el 1303 el principal con sus intereses".