Esta operación se realiza en el marco de la transacción por la que el fabricante tecnológico finlandés Nokia adquirió el 100% del capital de Alcatel Lucent el 2 de noviembre de 2016, como consecuencia del proceso de compraventa forzosa ('squeeze-out') de aquellos títulos que no se hubieran acogido a la oferta pública de compra (OPA) lanzada sobre la francesa en el mes de abril del año anterior.
La finlandesa contaba al término del periodo de adhesión voluntaria a su oferta con el 96,92% del capital social y el 96,84% de los derechos de voto en Alcatel Lucent, así como un 99,99% de los bonos convertibles en acciones en 2019 y el 99,69% de los convertibles en 2020, lo que correspondía de manera agregada al 97,01% del accionariado de la francesa.
La transferencia a Nokia de estos valores se llevó a cabo en las mismas condiciones que la OPA, que contemplaba el pago de 3,50 euros por acción de Alcatel Lucent, así como de 4,51 euros por los valores convertibles en 2019 y 4,50 euros para aquellos convertibles en 2020.
Nokia había alcanzado en abril de 2015 un acuerdo para adquirir por 15.600 millones de euros en acciones la totalidad de Alcatel Lucent, dando origen al segundo mayor fabricante mundial de redes de telecomunicaciones móviles.
Las dos empresas comenzaron a operar conjuntamente el pasado 14 de enero de 2016, después de que la compra de Alcatel Lucent recibiese la aprobación de la Autoridad del Mercado Financiero de Francia (AMF), después de haber obtenido previamente el visto bueno de las autoridades de competencia de EEUU y la zona euro.
CONSECUENCIAS PARA SUS FILIALES ESPAÑOLAS
En España, la fusión dio lugar a un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que culminó con 32 puestos de trabajo de Alcatel Lucent y otros 23 de Nokia Solutions and Networks Spain afectados, para los que se pactó una indemnización de 42 días por año trabajado con un tope de 38 mensualidades.
Además, se acordó que todos los afectados que no tenían la edad para acceder al plan de rentas --50 años-- percibiesen una indemnización lineal de 400 euros por año de antigüedad.
La publicación de este martes 22 de agosto en el Borme hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de ambas filiales españolas a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión.
Asimismo, este documento reconoce el derecho de los acreedores de oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes.