Factu Fidelis asegura que no habrá una "disolución inmediata" tras la decisión de descalificarla por parte del Ministerio de Empleo y señala que, como recurrirá la decisión, por el momento no se puede confirmar ningún fraude. La descalificación y la descripción de las conductas de infracción y fraudulentas fueron descritas por el organismo que dirige Fátima Báñez en un comunicado.
La propia compañía, en una comunicación remitida a EL ESPAÑOL, afirmó que la resolución de Empleo no implica su disolución inmediata. "Factoo tiene todas las vías legales abiertas para recurrir la decisión del Ministerio, por tanto no se puede confirmar ningún fraude".
Según la comunicación, fechada en Valencia a 23 de agosto, "el socio trabajador mantiene una relación societaria con la cooperativa y a todos se les cursa la pertinente alta en la Seguridad Social y se les tributa en Hacienda por los servicios prestados".
"La empresa Factoo no se dedica a facturar en nombre de trabajadores por cuenta propia que no se daban de alta en la Seguridad Social. El objetivo y fin último de Factoo es facilitar a sus socios -fundamentalmente, freelancers y personas con trabajos intermitentes que no son autónomos- el desarrollo de su actividad profesional de forma legal, segura y con las garantías, prestaciones sociales y coberturas necesarias, en condiciones laborales dignas y no con la precariedad que en la mayoría de los casos se viene desarrollando, lo que redunda en el interés social de afloramiento del trabajo clandestino y la mejora en la calidad de empleo", añaden.
Según la empresa, "Fidelis Factu, como el resto de las cooperativas de idéntico objeto que operan en todo el territorio nacional tienen perfecto encaje en nuestra legislación estatal y autonómica, y en ningún caso resulta contraria a derecho la circunstancia de que los socios, que al mismo tiempo son trabajadores, utilicen en beneficios de su autoempleo los servicios organizativos que la propia cooperativa les pueda ofrecer, ya sean estos de puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales o para afrontar la solución conjunta de necesidades, cargas, formación u obligaciones laborales o administrativa que sean susceptibles de gestión corpartida".