En esa Junta General, como se informa en la notificación del hecho relevante ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), se aprobó una ampliación de capital por compensación de créditos, por un importe de 135.426.453 euros, que fue asumida íntegramente por los acreedores financieros de NPVA.
PVA, como alega, no pudo participar en dicha ampliación, ni se le reconoció derecho alguno de suscripción preferente.
Como consecuencia de la ampliación, prosiguen, la representación de PVA en el capital social de NPVA se redujo desde el 20 % con el que contaba desde los acuerdos de fusión y doble segregación aprobados el 29 de septiembre de 2015, que eran consecuencia directa de los convenios de acreedores aprobados en los concursos de PVA y sus filiales, a un mero 1,65 % (2.437.894 participaciones sobre un total de 147.614.347 participaciones).
La demanda interpuesta se fundamenta en que la ampliación de capital no responde a ningún interés real de NPVA, sino que obedece, en gran medida, al objetivo de diluir de manera determinante el peso de PVA en el capital social de NPVA, en beneficio único y exclusivo de los acreedores financieros que han suscrito la ampliación.
Aprobaron la ampliación en manifiesto conflicto con el interés social de NPVA, resuelto por la mayoría en interés propio, y en detrimento injustificado de los derechos de PVA, por lo que se ha visto por ello obligada a impugnar judicialmente el acuerdo, señala Pescanova S. A.