El despacho Cremades y la familia Luksic han presentado por separado sendos recursos antes ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para esclarecer el papel jugado por la Junta Única de Resolución (JUR) y la Comisión Europea en el proceso que culminó, el pasado 7 de junio, con la venta del Banco Popular al Banco Santander.
En su recurso, Cremades solicita la nulidad de la decisión de la JUR mediante la que se resolvió Banco Popular y, en consecuencia, que se devuelva a los inversores afectados las acciones y demás instrumentos de capital de Banco Popular.
Igualmente, se solicita una compensación equivalente al valor neto de los activos de Banco Popular, a fecha 7 de junio, de 2017, que deberá determinar un perito nombrado por el TJUE.
Compensación de 2,57 euros por acción
Así, entienden en Cremades que, si este ejercicio se hace con los estados financieros del primer trimestre de 2017, los bonistas deberían recibir el 100% del nominal de su inversión y los accionistas una compensación de 2,57 euros por acción. No obstante, se solicita una indemnización mínima equivalente al precio de cotización de los instrumentos de capital de Banco Popular a fecha 22 de mayo de 2017.
El artículo 2 de la decisión de la JUR disponía que el Popular fue resuelto por un problema de liquidez, pero no de solvencia. Este problema de liquidez fue causado por las filtraciones de las instituciones europeas, las cuales desataron un pánico generalizado que llevó a Banco Popular a una espiral de caos en la que su acción se desplomó y los clientes retiraron masivamente sus depósitos.
En este sentido, recuerda Cremades cómo, el 23 de mayo, la presidenta de la JUR, la alemana la alemana Elke König, hizo unas declaraciones en televisión en cuanto a que la JUR estaba supervisando Banco Popular; y que el 31 de mayo se filtraba que la JUR podría resolver Banco Popular de manera inminente.
Estudio de nuevas demandas
Además de las reclamaciones de indemnización ante el TJUE, Cremades está explorando la posibilidad de presentar una denuncia ante la correspondiente comisión deontológica y/o el Defensor del Pueblo Europeo por posibles violaciones del Código de Conducta de los Miembros de las Sesiones Plenarias y Ejecutivas de la JUR.
Aunque el plazo para pedir la nulidad de decisión de la JUR es de dos meses desde la publicación de acto, los inversores de Banco Popular pueden continuar presentando demandas por responsabilidad extracontractual ante el TJUE debido a que el plazo de prescripción para esta acción legal es de cinco años.
Los Luksic piden anular las decisiones de la JUR y de la Comisión
En la misma, y también contra la JUR y la Comisión Europea, el grupo chileno Luksic, accionista de Banco Popular con el 3,45%, presentaba este lunes, a través de la firma Aeris Invest, un recurso contencioso administrativo contra la Junta Única de Resolución (JUR) y la Comisión Europea (CE) ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
La demanda tiene por objeto la anulación de las decisiones adoptadas por ambos organismos, así como la condena en costas de los mismos. En apoyo de la demanda, Aeris expone que la decisión infringe numerosos artículos de normas y principios legales. En concreto se alega que la resolución vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y la obligación de motivación, pues no se han hecho públicos todos los motivos de la decisión de la JUR.
La demanda de los Luksic afirma que la decisión no buscó las alternativas menos lesivas para los intereses de los accionistas, privó a Aeris de su propiedad sin darle trámite de audiencia y acordó la venta a Banco Santander "sin una valoración adecuada o a la maximización del precio de venta".