La guerra por el control de Abertis ya es efectiva. ACS ha anunciado un día antes de que acabase el plazo para ello una oferta por el 100% de la líder mundial de autopistas que competirá con la que hace cinco meses había lanzado por ella la italiana Atlantia. ¿Qué escenarios podrían desatarse ahora según lo que prevé ahora la regulación española?

El Real Decreto 1066/2007 es el que versa sobre las ofertas públicas de adquisición de valores es el que regula. Cuando al menos una puja se presente por valores sobre los que, en todo o en parte, haya sido presentada previamente otra oferta pública de adquisición que esté en curso, se activa el mecanismo de OPA competidora, que se recoge en los artículos 40 a 46 de la referida norma, según recuerda el portal especializado Wolters Kluwer.

Los requisitos para que la nueva oferta tenga de hecho la consideración de competidora y pueda lograr el visto bueno del supervisor del mercado, ha de reunir las siguientes características:

1) Debe presentarse una vez lanzada la oferta inicial y hasta el quinto día natural anterior a la finalización de su plazo de aceptación. En consecuencia, no cabrá anuncio alguno de una nueva oferta pública de adquisición transcurrido dicho plazo. En el caso de Abertis, el plazo para plantar cara a Atlantia acababa el jueves 19 de octubre.

2) Debe extenderse a un número de valores superior al de la última oferta presentada o igual en el caso de ser por el 100%. En este caso, lo segundo.

3) Debe mejorar la última oferta, bien elevando el precio o valor de la contraprestación ofrecida, bien extendiendo la oferta a un mayor número de valores. Del precio inicialmente ofertado de 16,50 euros por cada acción de Abertis (cota que la compañía ya había rebasado en Bolsa) se ha pasado a los 18,76 euros de ACS.

Cabe destacar un caso especial en el que la formulación de la oferta competidora puede revestir carácter obligatorio cuando un inversor haya alcanzado el control de la sociedad afectada en el transcurso de la oferta primigenia. Esta no es la situación de Abertis, donde sí la puja de ACS cumple con los requisitos formales establecidos para su admisión.

Una vez contemplado el cumplimiento de estos requisitos, se abre la posibilidad de que:

¿ Los accionistas de Abertis pueden presentar declaraciones de aceptación múltiples fijando un orden de prelación.

¿ Atlantia, por haber sido el primer oferente, desista de su propia puja.

¿ Las dos ofertas concurran en el mercado sin cambios, con lo que seguirían vigentes las condiciones de aceptación mínima y demás criterios recogidos en el folleto de la operación aprobado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y por cualquier otro organismo supervisor competente. En este caso, la Abogacía del Estado. Además, al no ser la OPA de ACS de carácter forzoso, bajo ninguna condición podría verse la constructora forzada a desistir de estos condicionantes.

¿ Por lo que se refiere a Abertis, debe garantizar igualdad informativa entre los competidores.

¿ Una vez que la contraoferta de ACS recibiese el visto bueno de la CNMV (y cualquier otra contraOPA que pudiera llegar y aprobarse), se permite a los oferentes modificar las condiciones de sus pujas. Además, el oferente inicial, Atlantia, cuenta con la posibilidad, bajo ciertas condiciones, de modificar su oferta definitiva una vez conocidas las condiciones de las de los competidores al abrirse por la propia CNMV los sobres cerrados en las que deben formularse definitivamente.

¿ Por último, cabría la posibilidad de que Atlantia, como primer oferente, pacte con la sociedad afectada, Abertis, el cobro de una comisión en concepto de gastos de preparación de la oferta para el caso que no prospere por la presentación de ofertas competidoras.

EL GANADOR PODRÍA NO LLEGAR HASTA PRINCIPIOS DE 2018

En cualquier caso, ahora queda en suspenso la OPA de Atlantia mientras se procede a estudiar la documentación presentada por ACS para justificar su puja. Una vez que se estimase válida en condición de competidora, se establecería un nuevo periodo de aceptación para las dos ofertas. Dado el calendario que se baraja para la obtención de luz verde por parte de la CNMV, las primeras estimaciones contemplan que la lucha por el control de la catalana de autopistas podría no tener desenlace como pronto hasta principios del próximo año 2018.