Técnicos fiscales ven inapreciable el impacto de la fuga de empresas de Cataluña
Solo afectará al impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados cuando se hagan ampliaciones de capital.
8 diciembre, 2017 10:49El Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recuerda que el impacto del cambio de la sede social de casi 3.000 empresas fuera de Cataluña desde el pasado 1 de octubre es "prácticamente inexistente" para las arcas públicas de la recaudación ya que no afecta en la recaudación, salvo de forma minoritaria en el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en los casos que se realicen ampliaciones de capital.
Así lo ha recordado el secretario general de Gestha, José María Mollinedo, que explicaba que el impacto de la fuga de empresas fuera de Cataluña es "inapreciable" por que las empresas que se trasladan van a pagar el impuesto de Sociedades y el IVA en otra delegación de la Agencia Tributaria del Estado y posteriormente el Gobierno distribuirá a las CCAA la parte de la recaudación cedida en función de los índices que publica el INE.
IVA e impuestos especiales
En el caso del IVA la distribución de su recaudación se realiza conforme a la proporción de consumo que cada región obtiene, y se reparte al 50%, mientras que el tributo de Sociedades no financia a las CCAA, sino que se ingresa directamente en las arcas públicas estatales y no afecta por tanto a la financiación de las autonomías.
Una situación similar sucede con los Impuestos Especiales, para los que el INE establece cada consumo (gasolinas, alcohol y tabaco) y se distribuye en función de lo que estima para cada CCAA. "Ese porcentaje de cesión de impuestos se va a repartir a cada comunidad con independencia de donde esté cada sede social", ha indicado Mollinedo.
En cuanto al impuesto de la Electricidad, las compañías suministradoras lo cargan a cada punto de suministro y se ingresa en la comunidad del ámbito geográfico donde esté situado el contador.
El único impuesto que podría verse alterado por los traslados de sedes sociales fuera de Cataluña sería, en la modalidad de operaciones societarias, el impuestos de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en los casos en los que alguna de las casi 3.000 empresas que se han marchado acometan una ampliación de capital sin cargo a reserva.
Impacto excepcional en ampliaciones de capital
No obstante, la recaudación por este gravamen es muy baja y el impacto se producirá en casos "muy excepcionales" en los que alguna de las empresas que se han marchado acometan una ampliación de capital con aportación de los accionistas, lo que se ingresaría en la nueva región donde haya establecido su sede social.
De esta forma, Mollinedo ha descartado que se vayan a producir subida de impuestos o recortes en los presupuestos futuros por este motivo, ya que el impacto de la fuga de empresas es "prácticamente inexistente".
En cualquier caso, el secretario general de Gestha considera que con la aplicación del artículo 155 no tiene "mucho sentido" el traslado de domicilios sociales desde un punto de vista técnico, aunque si lo tuvo anteriormente, especialmente para los bancos en aras de preservar el valor de las acciones y de evitar la fuga de depósitos, así como por el resto de compañías para evitar un posible boicot a productos catalanes.