Además de estos nombres, la denuncia que aún debe ser admitida a trámite también va dirigida contra Luis María Linde, gobernador del Banco de España, y figuras europeas como la propia presidenta de la JUR Elke König, la presidenta del Mecanismo Único de Resolución, Danielle Nouy, y el presidente de la Comisión Europea, Jean Claude Juncker.

En total, siete altos funcionarios españoles y europeos que de alguna forma participaron, a juicio de la Asociación, en la resolución del Popular en la noche del 6 de junio. En el documento presentado hoy en Anticorrupción, los demandantes hacen un repaso a cómo en 2014, las entidades con mayores balances quedan bajo la supervisión del BCE, lo que suponía ¿que son fundamentalmente sólidas y de confianza dentro del sistema financiero europeo¿, recordando los test de estrés y los refuerzos de capital por lo que se han pasado en los últimos años.

Tras repasar también la situación reciente del Banco Popular, incluidas ampliaciones de capital, planes para reducir créditos morosos y ladrillo a través del Proyecto Sunrise y el cambio de presidente hasta la llegada de Saracho, los demandantes aseguran que las autoridades españolas sí son competentes para investigar el caso. ¿Tanto el delito de prevaricación como el de fraude, son delitos tipificados en todas las normativas de los distintos países que componemos la Unión Europea. Por tanto, hay una armonización jurídica, aunque hay matizaciones en cuanto a las penas. El delito es cometido contra una persona jurídica española, y produce los daños correspondientes a 305.000 personas españolas¿, explican.

¿Para rebatir la actuación realizada por la JUR saltándose la ley que debe regir su actuar en el procedimiento de resolución del Banco Popular¿, la Asociación adjunta las dos propuestas de Barclays y Deutsche Bank en las que se comprometían a suscribir una ampliación de capital mínima de 2.000 millones por cada una, pudiendo ser de hasta 4.000 millones de euros.

Además, acusan a Luis de Guindos de intentar ocultar que el Fondo de Garantía de Depósitos (que garantiza 100.000 euros por persona y cuenta) no tenía suficiente capital como para cubrir los fondos garantizados de los depositantes, explicando que la resolución ¿era la única posibilidad de poder salir airoso en realizar la subasta, asumiendo dichas responsabilidades al entidad que se quedara con Popular¿.

¿El Fondo de Garantía Europeo, tampoco disponía de la cantidad necesaria para ello, unos 36.000 millones de euros, al disponer en la actualidad de unos 16.000 millones de euros¿, insisten.

En Europa, la principal diana de la denuncia es Elke König. Los afectados explican que todo proceso de resolución está, por ley, obligado al secreto profesional, ¿de conformidad con lo dispuesto en el artículo 339 del TJUE y las disposiciones pertinentes de la legislación de la Unión, incluso después de haber cesado en sus funciones¿.

Así, recuerdan (y adjuntan en el documento) la entrevista que la presidenta de la JUR realizó en Bloomberg el 23 de mayo poniendo en el radar la situación del Popular. La entrevista se realizó el mismo día que se firmó el contrato con la consultora Deloitte para el informe de valoración de la entidad. ¿El día 31 de mayo, la agencia Reuters filtra la noticia que el Banco Popular podría resolverse inmediatamente, una filtración que todo indica salió de la misma presidenta de la JUR¿, insisten.

Para remarcar el fraude de ley que los demandantes consideran que autoridades españolas y europeas han realizado, presentan además una valoración del el Tribunal de Cuentas Europeo sobre el trabajo realizado por la JUR. En su informe, fechado en diciembre de 2017, y que valora la actividad del organismo del año anterior, el Tribunal deja claro frases como que ¿los datos de los que dispone la JUR son imparciales e incompletos¿, o que ¿los planes de resolución carecen de información tan esencial como la necesaria para demostrar que la liquidación de un banco no es posible¿, advirtiendo además de la falta de personal especializado.

Así, los afectados que han presentado esta demanda ponen en duda que la JUR haya cumplido la ley, ¿o que en la ejecución de la resolución del Popular se la hayan saltado, tras no querer presentar la documentación con la que puede acreditar que el procedimiento y la ejecución del mismo ha sido un éxito¿.