El tribunal admite así el recurso de ambas empresas y pide al juez de Instrucción número 31 de Madrid, Antonio Serrano-Arnal, que requiera dicha información a fin de acreditar "si la adjudicación se debió a que éstas eran las mejores como ellas sostienen, y no al presunto pago de comisión" al entonces presidente de la entidad, Rodrigo Rato, y su supuesto testaferro Alberto Portuondo.
En el auto conocido hoy, los magistrados de la sección 23 destacan la pertinencia y utilidad de esta prueba de cara a asegurar la defensa de Zenith y Publicis, que en su escrito negaban el desembolso de cantidad alguna a Portuondo para que "actuara en su beneficio en dichos concursos de publicidad y medios".
Para acreditarlo, proponían la práctica de una prueba documental que ahora el tribunal considera "incuestionable por cuanto se dirige a verificar la forma en la que se desarrollaron (...) las propuestas realizadas por el resto de empresas concurrentes".
Con todo, los jueces aseguran que el recibir, solicitar o aceptar un beneficio o ventaja "no bastará para constituir corrupción activa" si finalmente "no se favorece indebidamente a otro en la adquisición o venta de mercancías, o en la contratación de servicios o en relaciones comerciales".
En su denuncia, la Fiscalía Anticorrupción señalaba a estas por su supuesta responsabilidad como personas jurídicas en el pago de dos millones de euros a Portuondo a cambio de favorecerles en la adjudicación del contrato publicitario del lanzamiento de Bankia.
Según el Ministerio Público, de esos dos millones de euros Rato podría haber cobrado 833.000 euros a través de la empresa Kradonara 2001, procedentes de Albisa Inversiones, propiedad de su supuesto testaferro, a quien Zenith y Publicis habían contratado paralelamente para la identificación de nuevos negocios.
Durante su comparecencia de febrero de 2016, el representante de ambas compañías defendió que se trataba de una relación contractual "perfectamente legal", en sintonía con lo declarado previamente por dos de los directivos, también investigados, que afirmaron que el proceso de selección se ajustó plenamente a los requisitos para todas las concurrentes y cumplió los cauces habituales en el sector.
Ese mismo año, la Audiencia de Madrid pidió al juez instructor que requiriera a Bankia detalles del comité de medios que adjudicó el concurso, en concreto "los nombres y apellidos de los integrantes" que efectuaron la evaluación de las agencias que participaron en diciembre de 2010.