Un despacho de abogados estudia si Popular mintió en sus cuentas desde 2008
Vallverdú Abogados empieza a presentar una avalancha de demandas civiles de afectados que suscribieron acciones y bonos convertibles del Popular desde 2012, y abren la puerta a ampliar ese plazo a 2008, fecha en la que consideran que las cuentas de la entidad ya no reflejaban su imagen fiel.
18 mayo, 2018 12:24La avalancha de demandas civiles para que los afectados por la caída del Banco Popular recuperen su inversión está en marcha. Tal y como adelantó Invertia el pasado 20 de abril, tres bufetes de abogados trabajan en un informe que vendría a demostrar que las cuentas de la entidad no eran transparentes ya desde 2012 para presentar sus reclamaciones.
Pues bien. El despacho Vallverdú Abogados ya se ha puesto manos a la obra iniciando la presentación de demandas civiles ante los juzgados de distintas comunidades. Desde la firma, el abogado Rubén Cueto explica que de momento representan a unos 100 clientes que perdieron su inversión tras la resolución del banco, rondando la cifra que aspiran a recuperar entre 7 y 10 millones de euros.
Como otros despachos, Vallverdú se basa en un informe elaborado por una firma externa para demostrar que Popular mintió en sus cuentas de 2012, año en el que la entidad llevó a cabo su primera ampliación de capital por 2.500 millones de euros. En diciembre de 2013 se llevó a cabo otra por otros 500 millones de euros, para pasar a la última de 2016 por valor de otros 2.500 millones.
La maquinaria judicial ha dado un acelerón en este sentido desde el pasado 10 de abril, cuando el gobernador del Banco de España, Luis María Linde, admitió en el Congreso que fue un error no nacionalizar el Banco Popular en 2012, como se hizo con Bankia, dejando entrever que la delicada situación de la entidad no venía solo de la fuga de depósitos sufrida en su último año de vida, sino de una más que delicada situación de solvencia.
¿Podemos acreditar que es así¿, indica Cueto, ¿y no descartamos que esta situación no se viniera dando ya desde el año 2008, algo que estamos estudiando también¿, explica Cueto, recordando el enorme volumen de préstamos ¿a promotores quebrados¿ que se acumularon y que, según indica, ¿aún no han aflorado¿.
La firma pide en sus reclamaciones que los afectados recuperen todo lo invertido ante ¿una deficiencia de información en las emisiones de las ampliaciones y de los bonos convertibles¿ del banco. De momento, cuentan a su favor con las primeras sentencias firmes ya conocidas, que han dado la razón a los afectados obligando al Popular a devolverles toda su inversión más los intereses y costas del juicio.
Mientras, en Europa, de los 97 recursos interpuestos ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) por la resolución del Banco Popular, la institución ha decidido que solo juzgará seis de ellos, suspendiendo el resto hasta que haya una sentencia sobre las que consideran más representativas.
Según un documento remitido a un despacho de abogados al que ha tenido acceso Invertia, el TGUE argumenta su decisión en posibles solapamientos entre las demandas y reclamaciones. El organismo explica que ¿en interés de la buena administración de la justicia y con el fin de optimizar la tramitación del conjunto de estos asuntos¿, se abre la puerta a juzgar solo seis reclamaciones, que coinciden en su mayoría con las interpuestas por los grandes ex accionistas de la entidad.
Los seis recursos que el tribunal europeo juzgará para posteriormente dictar sentencia son los interpuestos por Antonio del Valle y otros grandes inversores contra la JUR, el de la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno y SFL, el de Eleveté Invest Group contra la Comisión Europea y la JUR. También el de Liaño Reig y el fondo Algebris contra la Comisión. Por último, el de Aeris Investments contra la Comisión y la JUR.
¿Sobre la base del artículo 69 de su Reglamento de Procedimiento, siguiendo este enfoque, todos los restantes asuntos pendientes ante el Tribunal General serían suspendidos hasta que recaiga una resolución firme en los seis asuntos mencionados¿, indica el tribunal en el documento remitido a los afectados.