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Quién, dónde y por qué: así se libra la batalla judicial un año después de la caída del Popular

Este jueves, primer aniversario de la caída del Popular, vence el plazo para presentar reclamaciones por responsabilidad extracontractual (que afectaría a los titulares de acciones antiguas), sin que se hayan publicado aún los informes de los peritos del Banco de España o el de valoración de Deloitte.

7 junio, 2018 04:00

Ese vencimiento coincide con el primer aniversario de una resolución histórica, la que determinó el final de Banco Popular y su compra por el precio simbólico de un euro por parte de Banco Santander. Un año después, aquella decisión de las autoridades europeas ha dado lugar a una auténtica maraña judicial con las reclamaciones de unos inversores que lo perdieron todo.

Este frenesí ha alimentado el nerviosismo y las dudas en los bufetes de abogados, que en los últimos meses han llenado de reclamaciones los despachos de la Audiencia Nacional y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en un caso extremadamente complejo por ser el primero y único en su especie.

En Europa, los grandes inversores y fondos accionistas del Popular han recurrido la resolución, solicitando la documentación íntegra del informe de valoración de Deloitte que sirvió de base para la decisión de la Junta Única de Resolución (JUR). Igual que en EEUU, donde gigantes como Pimco, Anchorage o Aeris Invest (brazo inversor de la familia Luksic), así como el empresario mexicano Antonio Del Valle, han demandado al Santander para intentar que la entidad saque a la luz los documentos relacionados con la operación de compra del Popular, que el FROB le adjudicó mediante subasta en la madrugada del 6 al 7 de junio por el precio simbólico de un euro.

Fuentes jurídicas explican que, más allá de conseguir dicha documentación, lo que intentan estos grandes inversores es presionar a la entidad cántabra para llegar a un posible acuerdo de `compensación¿.

MOVIMIENTOS EN EUROPA

Fuera de España los afectados también han reclamado ante el Defensor del Pueblo Europeo que, según cartas remitidas a los demandantes, ya está llevando a cabo una investigación de oficio ¿en vista del elevado número de reclamaciones por la denegación de acceso a documentos relativos a la resolución¿.

Aun así, es en el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) donde se juega la gran batalla. Allí existen actualmente 97 recursos presentados contra la resolución del Popular. Sin embargo, el organismo decidió hace solo unas semanas juzgar solo seis de ellos. Según documentos oficiales, el TGUE argumenta su decisión en posibles solapamientos entre las demandas y reclamaciones. El organismo explica que ¿en interés de la buena administración de la justicia y con el fin de optimizar la tramitación del conjunto de estos asuntos¿, se abre la puerta a juzgar solo seis reclamaciones, que coinciden en su mayoría con las interpuestas por los grandes ex accionistas de la entidad.

En concreto, los seis recursos que el tribunal europeo juzgará para posteriormente dictar sentencia son los interpuestos por Antonio del Valle y otros grandes inversores contra la JUR, el de la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno y SFL, el de Eleveté Invest Group contra la Comisión Europea y la JUR. También el de Liaño Reig y el fondo Algebris contra la Comisión. Por último, el de Aeris Investments (Luksic) contra la Comisión y la JUR.

LA AUDIENCIA NACIONAL PREFIERE ESPERAR

La otra gran vía judicial abierta por los afectados es la que se desarrolla en la Audiencia Nacional, donde, según la Memoria Anual del Fondo de Resolución Ordenada Bancaria (FROB), se han presentado 259 recursos contencioso-administrativos contra la resolución.

El juez Fernando Andreu decidió separar la causa en dos piezas. Una para comprobar si Popular mintió en las cuentas en las que basó la ampliación de capital de 2016 y otra para saber si el último presidente de la entidad, Emilio Saracho, provocó la caída de las acciones del banco con información falsa, beneficiándose de la situación en bolsa del Popular.

Este tribunal, que aglutina además las reclamaciones penales contra los ex presidentes del banco, Ángel Ron y Emilio Saracho, sus equipos directivos, las firmas auditoras o el Banco de España, ha decidido también esperar a Europa antes de dictar sentencia, para evitar duplicidades.

¿Lo que se pone de manifiesto es la primacía del derecho europeo¿, señala Juan Ignacio Navas, socio director de Navas & Cusí y uno de los despachos personados en la causa contencioso-administrativa contra el FROB. La Audiencia Nacional justifica su decisión en la ¿relación de dependencia¿ del organismo respecto a la JUR. ¿La JUR decide y el Frob ejecuta lo decidido¿, resumen desde el despacho.

La Fiscalía Anticorrupción también ha admitido a trámite varias querellas interpuestas por minoristas del banco, entre las que destaca una demanda presentada por la Asociación Independiente de Afectados del Popular por prevaricación y fraude contra figuras públicas como el presidente del BCE, Mario Draghi, Jaime Ponce, presidente del FROB, la presidenta de la JUR, Elke König, o el actual vicepresidente del BCE, Luis de Guindos.

PLAZOS

El problema que ahora se encuentran los afectados es que, sin conocer aún el informe de valoración de Deloitte al completo, ni otras claves para las defensas como si Popular mintió o no en sus cuentas desde 2012, tal y como investiga la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), los plazos de reclamación se están agotando. Este jueves  7 de junio, justo cuando se cumple un año de la resolución, vence el plazo para reclamar por responsabilidad patrimonial al Estado. Y también, mediante acción civil, contra el Popular por responsabilidad extracontractual.

Bufetes implicados en el proceso como Rúa Abogados o Navas & Cusí han recomendado a sus clientes exigir al banco la devolución de sus acciones, como fórmula para interrumpir la prescripción. Desde Rúa Abogados, que asesora a más de 6.000 afectados, explican que la acción de responsabilidad extracontractual se recoge en el artículo 1.902 del Código Civil, que establece que ¿el que por acción u omisión causa daño a otro, está obligado a reparar el daño causado¿. Pablo R. Rúa, socio director de la firma, indica que ¿en el caso del Popular, se puede ejercitar una acción de responsabilidad extracontractual ex artículo 1.902 del Código Civil por diferentes incumplimientos normativos de la Ley de Mercado de Valores, como por ejemplo, no difundir trimestralmente los hechos y operaciones significativas que pudiesen incidir en la situación financiera y resultados del emisor, difundir información relevante engañosa u omitir información relevante¿.

Estos despachos ya han presentado una batería de demandas al Santander, como nuevo propietario del Popular, apoyándose en las primeras sentencias que ya dan la razón a los inversores considerando `falsa¿ la información financiera del Popular. Para Navas, el hecho de que el auditor tuviera que revisar las cuentas muestra hasta qué punto los libros no reflejaban la imagen fiel del banco. Y en su opinión, esa ¿responsabilidad por culpa extracontractual¿ corresponde al Santander.

Los expertos esperan que, tras el vencimiento de estos plazos, habrá una nueva avalancha de demandas civiles tras las mencionadas sentencias favorables. Pero cuidado. Las fuentes consultadas explican que la clave para los que esperan recuperar su inversión tras la resolución del banco será, al final, el informe de los peritos del Banco de España.