Ikea indemnizará al cliente al que un lavabo Odensvik le amputó un dedo
La Audiencia Provincial de Barcelona da la razón al cliente de Ikea que perdió un dedo del pie poco antes de la Navidad de 2013.
25 junio, 2018 13:47Noticias relacionadas
La Audiencia Provincial de Barcelona ha dado la razón al cliente de Ikea que perdió en 2013 un dedo del pie por culpa del mal embalaje de un lavabo doble de la marca Odensvik. Da la razón, por lo tanto, al recurso presentado por la víctima después de que un Juzgado de Primera Instancia desestimase inicialmente la demanda.
Los hechos se produjeron poco antes de la Navidad de 2013, el 14 de diciembre. La víctima, que en la sentencia a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL aparece citada sólo como “Teodosio”, venía de comprar un lavabo doble de cerámica, modelo Odensvik. Éste formaba un único embalaje de cartón con un peso aproximado de 30 kilos, cerrado por un sistema de encolado y con unas asas para su traslado.
“El actor cargó el producto embalado en su vehículo (junto con otros que había adquirido en la misma tienda) y, al llegar a su domicilio, se dirigió al lugar donde debía dejarlo. En el momento de proceder a descargar el bulto de referencia, al cogerlo por las asas habilitadas a tal fin, y ya fuera del maletero del vehículo, la parte inferior de la caja de cartón se abrió inesperadamente y el lavabo se desplazó hacia el suelo, cayendo sobre el pie derecho del actor”, recoge el texto de la sentencia.
Esto provocó en la víctima la fractura del segundo dedo del pie derecho por aplastamiento, que acabó con amputación del dedo a nivel de falange 3 extremo distal.
Ikea rebatía la demanda afirmando que el comprador no había sido el adquirente del producto, que fue adquirido por Hache Advertising Boutique, y señalaba que el embalaje cumplía con todos los estándares de seguridad y calidad. La compañía aducía que no se ha producido ni un accidente en los más de 80.000 ejemplares de este producto que ha vendido en todo el mundo.
Inicialmente, se dio la razón a Ikea porque la víctima no probó que efectivamente existiera el defecto de encolado. Sin embargo, la Audiencia Provincial tenía otra opinión.
El testigo clave
Se apoyó, básicamente, en la opinión de un testigo, un obrero que estaba trabajando en la vivienda. Éste aseguró que la caja de cartón estaba perfectamente seca antes de que él la arrastrase al patio, donde estaba lloviendo. El juez admite, además, que “no es nada extraño que no se hicieran fotografías de la caja ni de nada en esos momentos, pues hay otras cosas en qué pensar".
El perito del demandante, además, confirmó que se produjo un fallo en el sistema de cierre por cola de contacto. “Se aprecia claramente en las dos solapas de cierre que la cola está en una sola de ellas, no habiendo llegado a producirse el sellado más que una parte muy pequeña de la superficie a contactar”, explicó el experto, ofreciendo imágenes claras al respecto.
¿En total? Una indemnización de 13.000 euros más IVA, de la que buena parte, 3.582 euros, se deben al perjuicio estético.