La sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por la Plataforma de Afectados del Banco de Valencia contra una resolución de diciembre de 2012 de la comisión rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob), que acordó llevar a cabo las operaciones de reducción y aumento de capital con exclusión del derecho de suscripción preferente para los accionistas minoritarios.
"Debemos declarar y declaramos que dicha resolución es ajustada a Derecho. Con expresa imposición de costas a la parte actora", reza la sentencia, en relación al recurso interpuesto por la asociación de afectados el 21 de febrero de 2013 como reposición a la resolución del Frob que acordó realizar las operaciones que llevarían a la desaparición del Banco de Valencia, que fue liquidado y vendido por un euro a Caixabank durante la crisis.
La plataforma, que agrupa a accionistas minoritarios y ha sido condenada a costas, ha presentado varias recursos que han sido desestimados por el Frob y por la Audiencia Nacional. Tras la validación por parte de estas dos autoridades del proceso resolutivo, es el Tribunal Supremo el que de nuevo ratifica que las operaciones llevadas a cabo fueron las adecuadas.
"Las decisiones de la resolución impugnada no expropian derecho alguno de los recurrentes, porque se trata de una situación de insolvencia de una entidad de crédito a la que responde la Ley 9/2012 con una serie de poderes exorbitantes que atribuye al FROB", declara el Tribunal Supremo.
La autoridad judicial basa su declaración en la "insolvencia o inviabilidad de la entidad bancaria", que obligó a colocarla bajo un régimen particular, que sustituye al concursal en cuanto requiere de la tutela administrativa a fin de garantizar no solo los intereses de los acreedores, sino también la estabilidad del sistema.
El Frob adjudicó Banco de Valencia a CaixaBank por un euro a finales de 2012, tras un desembolso por parte del organismo dependiente del Banco de España de 4.500 millones de euros en un aumento de capital. Los accionistas tuvieron que soportar las pérdidas, entre otras, por los saneamientos al riesgo inmobiliario exigidos en la normativa de resolución.
La operación contó con un protocolo de medidas de apoyo financiero que se instrumentó en un esquema de protección de activos mediante el cual el FROB asumió, durante un plazo de 10 años, el 72,5% de las pérdidas que experimentasen las cartera de pymes/autónomos y de riesgos contigentes (avales) de Banco de Valencia, una vez aplicadas las provisiones ya existentes en dichos activos.
La compraventa se ejecutó con posterioridad a la transmisión de activos de Banco de Valencia al 'banco malo' (Sareb) y al ejercicio de acciones de gestión de instrumentos híbridos y deuda subordinada emitidos por la entidad valenciana.
Con anterioridad, en noviembre de 2011, el Banco de España decidió intervenir Banco de Valencia ante su delicada situación financiera y su posición de liquidez. De hecho, el supervisor destinó un total de 3.000 millones de dinero público, repartido entre 1.000 millones para fortalecer su capital y otros 2.000 millones facilitados a través de una línea de crédito para asegurar su liquidez.