También le impone una sanción accesoria por la que prohíbe a la compañía eléctrica concurrir en procedimientos de otorgamiento de ayudas sociales, consistentes en subvenciones u otras ayudas en su sector de actividad de servicios bancarios, de crédito o de pago, por un período de un mes.
Esta resolución es consecuencia de una denuncia formulada en abril de 2017 por el Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) contra Endesa por "no reunir" en su portal 'www.endesaclientes.com' "los requisitos legales de accesibilidad a los que obliga la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico".
Fuentes de Endesa han asegurado a Europa Press que la compañía ha estado y está trabajando "muy duro" para que a finales de este mes de julio la web sea accesible y se incluyan todas las especificaciones requeridas.
Ya en las alegaciones de Endesa del mes de mayo, la compañía adjuntaba un informe realizado por Ilunion en el que se ponía de manifiesto la corrección en esa última semana de "alrededor del 70 por ciento de las incidencias denunciadas" e indicaba que el resto estaban "en proceso de resolución".
Mientras, la Secretaría de Estado de Servicios Sociales solicitó un informe al Centro Nacional de Tecnologías de la Accesibilidad (CENTAC) para comprobar los hechos denunciados, el cual concluyó que más de la mitad de los requisitos para que la web fuera accesible no se cumplían.
También requirió un informe a la Oficina de Atención a la Discapacidad (OADI) que concluyó igualmente que el portal no cumplía con las condiciones de accesibilidad correspondientes al nivel AA (nivel medio) de la norma UNE sobre esta materia.
Por otro lado, el CERMI también denunciaba deficiencias en la accesibilidad de la web 'www.endesa.com' pero la Secretaría de Estado ha comunicado el archivo de actuaciones ya que, según los informes recabados, al no tratarse esta de una página web destinada a la comercialización del suministro de energía eléctrica, no estaría sometida a las obligaciones de cumplimiento de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad.
Para imponer la sanción, la Secretaría de Estado de Servicios Sociales precisa que ha tenido en cuenta "el esfuerzo, interés y dedicación de la denunciada para subsanar las deficiencias puestas de manifiesto por el denunciante". Por ello, ha calificado la infracción como "grave en su grado mínimo".
El CERMI envió un escrito en junio a la Secretaría de Estado mostrándose "disconforme" con esta calificación e indicando que la infracción debería haberse considerado "de grado máximo", con una multa de 90.000 euros. Si bien, la Secretaría de Estado señala en su resolución que "en base a todo lo expuesto, y la constancia del trabajo desarrollado y acreditado en la mejora de la accesibilidad, es difícil de entender por ello la calificación de grave para la infracción en cuestión".