Huelga de los trabajadores de cabina en Ryanair

Huelga de los trabajadores de cabina en Ryanair Jorge Barreno Madrid

Empresas

El Gobierno abre expediente a Ryanair por posible incumplimiento de los derechos de los pasajeros

La aerolínea defiende que no debe pagar indemnización ya que las huelgas son una circunstancia excepcional recogida en el reglamento europeo.

27 julio, 2018 14:04

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), que depende del Ministerio de Fomento, ha abierto un expediente a la compañía aérea Ryanair por posibles incumplimientos del Reglamento Europeo 261/2004 sobre derechos de los pasajeros, tras las cancelaciones de vuelos, consecuencia de la huelga de su tripulación de cabina de los días 24 y 25 de julio.

Según informa la Agencia, realizó inspecciones en diversos aeropuertos afectados por las 48 horas de paro para verificar si la compañía cumplía los derechos de los pasajeros. El resultado de esas inspecciones, así como las denuncias o reclamaciones de los afectados ante la AESA, serán analizados y se tomarán las decisiones correspondientes, indican.

Como indica el reglamento europeo, si los vuelos han sido cancelados con menos de dos semanas de antelación, que, independientemente de lo que les haya dicho la compañía aérea, tienen derecho a reclamar a la compañía una indemnización que va de los 250 a los 600 euros por los perjuicios causados.

La AESA recuerda que aunque la aerolínea afirme que la huelga es una "circunstancia extraordinaria", su postura va en contra a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que considera que una huelga de la tripulación de la propia compañía no es una circunstancia extraordinaria, por ello, todos los afectados por las cancelaciones de esta huelga de la Tripulación de Cabina, tienen derecho a la indemnización que marca la norma europea, y pueden reclamarla.

Qué pasa con... Ryanair

En caso de transporte alternativo, la compañía está obligada a buscar la opción más rápida, por ello, no puede ofrecer únicamente plazas en vuelos propios, o uno o varios días después, si existen plazas disponibles en otras compañías en ese mismo día. De no ser así, los pasajeros también pueden reclamar, si no se ha optado por el reembolso del billete.

El transporte alternativo es hasta el destino final y es responsabilidad de la compañía abonar el mismo, por lo que ésta no puede pedir al pasajero que adelante el coste de dicho transporte. En caso contrario, se deben reclamar sus derechos.

COMO RECLAMA EL PASAJERO

Para reclamar sus derechos (información, asistencia, reembolso o transporte alternativo e indemnización), "el primer paso que tiene que realizar los pasajeros es hacerlo en la compañía, para ello debe conservarse la documentación de las reservas", apuntan desde AESA.

Además, la reclamación debe ser clara, concisa y legible, "es importante consignar con precisión fecha, hora, lugar y causas de la reclamación, así como los datos personales del reclamante y su vuelo", indica la asociación.

En caso de no recibir respuesta, o ésta no ser satisfactoria puede presentar una reclamación ante AESA de forma gratuita y sin coste alguno.

La Agencia estudiará la situación y emitirá un informe, en caso de que éste sea favorable a los pasajeros, si la compañía sigue sin responder a sus demandas, se podrá ir a la vía judicial, donde el informe de AESA será determinante.