En concreto, la CNMV ha impuesto esa multa después de haberse declarado firme en vía administrativa una sanción a la sociedad gestora Novo Banco Gestión "por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 80 e) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva".
Ese artículo establece que se comete una falta muy grave por "el incumplimiento de los límites a la inversión o de los coeficientes de inversión mínima, o de las condiciones establecidas en el folleto, el documento con los datos fundamentales para el inversor, los estatutos o el reglamento de la IIC".
Y añade que se incurre en esa falta "siempre que ello desvirtúe el objeto de la IIC o perjudique gravemente los intereses de los accionistas, partícipes y terceros, o se trate de un incumplimiento reiterado".
Esta resolución es únicamente firme en vía administrativa y puede ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.