Los bancos discrepan radicalmente de la sentencia del Supremo que les obliga a devolver el llamado 'impuesto de las hipotecas'. Según el Tribunal las entidades financieras deben ser ellas quienes asuman su coste, y que no se repercuta su coste al cliente.
En la práctica esto abre la puerta a miles de reclamaciones por las hipotecas ya constituidas, y a devoluciones que podrían llegar a los 4.000 millones de euros. Sin embargo, las entidades financieras a través de sus patronales, aseguran que ellos "no han percibido cantidad alguna" en concepto de impuesto de actos jurídicos documentados.
Según la Asociación Española de Banca (AEB), la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) y la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (UNNAC), la sentencia publicada este viernes se refiere "a una cuestión de naturaleza tributaria".
Ellos sólo recaudan
Recuerdan que siempre han cumplido con la normativa vigente, "aprobada hace más de 20 años", y con la reiterada jurisprudencia de la sala tercera del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, "unánime, y mantenida hasta fechas muy recientes". Esto significa que, en todo momento, los Tribunales han mantenido que sean los clientes quienes paguen este impuesto.
Las entidades vienen a decir que, en la práctica, ellas trabajan como un mero intermediario de la Agencia Tributaria de cada Comunidad, dado que este tributo tiene caracter autonómico. Por tanto, ellos lo cobran al cliente y se lo pagan a la Administración. Un funcionamiento similar al IVA que cobran las empresas, que se liquida trimestralmente.
Este hecho es el que hace, según el comunicado, que insistan una y otra vez en que los bancos "no han percibido cantidad alguna de sus clientes por este concepto".
En definitiva, lo que vienen a decir los bancos es que debe ser Hacienda la que pague la devolución del impuesto y no ellos.
Seguridad jurídica
El sector reclama a los poderes públicos "mayor seguridad jurídica y unas reglas claras y predecibles para el mercado hipotecario", caracterizado por unos tipos de interés competitivos y plazos largos que han permitido el acceso a la vivienda en propiedad a un amplio espectro de población.
No obstante, "y como siempre han hecho", añade, a partir de esta sentencia los bancos cumplirán con el nuevo criterio establecido por el Supremo.
El alto tribunal ha corregido así su propia doctrina y ha decidido que sea el banco, y no el cliente, el que se haga cargo del impuesto de actos jurídicos documentados, lo que le puede suponer a las entidades financieras un desembolso cercano a los 1.900 millones de euros.