La Justicia europea da la razón a Google en un pleito sobre el derecho al olvido
- La supresión de resultados de búsquedas debe limitarse a la UE y no cubre al resto del mundo.
- Así es la nueva norma con la que la UE quiere pararle los pies a Facebook.
- Bruselas impone a Google otra multa récord de 4.300 millones por el caso Android.
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¿Cuál es el alcance geográfico del derecho al olvido que reconoce la normativa comunitaria? La justicia europea ha dado la razón a Google en un litigio que le enfrentaba contra Francia sobre la interpretación de este derecho, que permite a los particulares pedir a los motores de búsqueda que borren información personal en determinadas circunstancias. El abogado general del Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE), Maciej Szpunar, ha dictaminado este jueves que el borrado debe limitarse a la Unión Europea y no tiene que aplicarse en el resto del mundo.
La autoridad francesa de protección de datos (CNIL) había exigido a Google que, una vez aceptada la solicitud de un particular para borrar una información, la suprimiera de su lista de resultados en todo el mundo. Sin embargo, el gigante de internet se negó a atenerse a este requerimiento y se limitó a eliminar los vínculos únicamente en las extensiones de su buscador en los países de la UE (por ejemplo, google.fr o google.es).
El CNIL consideró insuficiente la oferta de Google dada la facilidad para saltarse estas restricciones geográficas y le impuso una multa de 100.000 euros en marzo de 2016. La compañía recurrió la sanción ante el Consejo de Estado francés, que ha decidido plantear varias cuestiones prejudiciales al TJUE para aclarar la interpretación de la legislación comunitaria.
En su dictamen de este jueves, el abogado general concluye que "las peticiones de búsqueda hechas fuera del territorio de la UE no deberían verse afectadas por la desreferenciación de los resultados de la búsqueda". El borrado no debe tener "efectos extraterritoriales" porque eso impediría llevar a cabo una ponderación adecuada entre el derecho fundamental al olvido y el interés legítimo del público en acceder a la información que busca.
Eso sí, una vez establecido el derecho al olvido en la Unión, el gestor de un motor de búsqueda como Google debe tomar todas las medidas a su disposición, incluida la del "bloqueo geográfico", para garantizar que ningún usuario tenga acceso a esa información desde territorio comunitario, resalta el dictamen.
La opinión del abogado general no tiene carácter vinculante, pero los jueces siguen sus recomendaciones en el 80% de los casos. La sentencia final se hará pública en los próximos meses.