La nueva ley hipotecaria que entra en vigor en junio podría tener un efecto indeseado en el mercado de las hipotecas: que los bancos se pongan a la defensiva ante los límites impuestos por el Gobierno. Así lo dice el Banco de España, que alerta de un posible endurecimiento de las condiciones y de un cierto encarecimiento de los préstamos una vez que la nueva norma empiece a funcionar.
El texto aprobado por el Ejecutivo pone una serie de limitaciones a la banca con las que busca proteger a los consumidores. Una de ellas son los límites a las comisiones máximas a la hora de amortizar hipotecas a tipo fijo. Serán del 2% durante los diez primeros años y del 1,5% a partir de entonces. Esto podría hacer que hubiera “un cierto aumento de los tipos de interés” en los nuevos préstamos, “especialmente en los aplicados” a quienes opten por evitar los sobresaltos con un tipo fijo.
También contempla la ley hipotecaria nuevos plazos a la hora de que una entidad financiera pueda desahuciar a una persona de su casa. Así, establece que tendrán que pasar 12 meses sin que el hipotecado pague el préstamo, o que la deuda alcance el 3% del total de la hipoteca. Eso siempre que sea en la primera mitad del tiempo comprometido para devolver el dinero. Si se produce en la segunda mitad, las cuotas impagadas tendrán que suponer el 7% de la deuda o equivaler a quince meses sin pagar.
Ese retraso en la recuperación de los impagos podría provocar un “cierto endurecimiento de las condiciones crediticias”, sobre todo para aquellos clientes que puedan tener “un mayor perfil de riesgo”. Algo que, al mismo tiempo, ve positivo de cara a fortalecer la calidad de las carteras de préstamos que otorgan los bancos.
El texto de la ley hipotecaria contempla también la eliminación de los gastos a la hora de la novación del préstamo. Es decir, a la hora de modificar sus condiciones o de solicitar un cambio de tipo variable a fijo. Algo que podría generar un desplazamiento del stock de crédito reduciendo el “elevado peso que actualmente tienen las hipotecas a tipo de interés variable”.
Al mismo tiempo, esto se traduciría en “una transferencia del riesgo de tipo de interés de los clientes a los bancos”. Algo que no sería malo del todo dado que, se supone, están mejor preparados para gestionar esa incertidumbre. Esto dependerá de “hasta qué punto estén dispuestos (los hipotecados) a asegurarse un tipo de interés fijo a lo largo de la vida del préstamo a cambio de incurrir en un coste esperado más elevado”.
Estas advertencias las hace el Banco de España en su Informe trimestral sobre la economía española publicado este miércoles. En él detalla que pese a estos avisos, el nuevo texto presenta elementos positivos. A su juicio, debería contribuir a reducir la inseguridad jurídica y la “elevada” litigiosidad que se da en el mercado.
A ello deberían ayudar las nuevas cláusulas imperativas de obligado cumplimiento (como la regulación de los vencimientos o los reembolsos anticipados), pero también la mayor información que contempla la norma para el cliente antes de firmar la hipoteca. Algo que ocurrirá por el reforzamiento que se da a la figura del Notario y del Registrador de la Propiedad a la hora de analizar las condiciones pactadas entre el banco y su cliente.