La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado dos expedientes sancionadores a Mediaset España por posible infracción del artículo 18.2 de la Ley General del Sector Audiovisual (LGCA), al emitir de publicidad encubierta en Telecinco.
Según ha explicado este jueves 30 de mayo la CNMC, el organismo estatal cree que Mediaset ha podido vulnerar lo dispuesto en el artículo 18.2 de la LGCA, ya que durante la emisión del programa 'Sálvame' (Telecinco) del pasado 23 de enero "emitió, sin identificación, publicidad que pudiera ser calificada como publicidad encubierta de una revista".
Respecto al otro expediente, la Comisión ha señalado que la presunta infracción se produjo durante la emisión de un episodio de la serie 'La que se avecina', en el capítulo 'Un aniversario, un peluquín y una reunión de tupper-sex'.
Según los primeros análisis de la CNMC, se emitió, sin identificación, publicidad que pudiera ser calificada como encubierta de una empresa de distribución y venta de juguetes y productos eróticos, y de una marca de un estimulador de próstata.
La LGCA prohíbe en su artículo 18.2 "la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales". Cada uno de estos hechos se consideran como una infracción grave y podría suponer la imposición de una multa de entre 100.001 hasta 500.000 euros cada uno de ellos. Mediaset dispone de un plazo de diez días para presentar alegaciones.