La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado las circulares por la que se establece la metodología de retribución de las actividades reguladas de transporte y de regasificación de gas natural y la que determina la metodología y las condiciones de acceso y asignación en el sistema de gas natural.
Con estas dos nuevas circulares, ascienden a ocho el número de circulares que el organismo presidido por José María Marín Quemada ha aprobado ya dentro de las funciones que le fueron dadas por el Gobierno a principios de este año para aprobar diferentes metodologías en los sectores eléctricos y del gas natural.
En concreto, en el caso de la primera de estas dos circulares, determina la metodología para fijar la retribución anual de los titulares de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado, teniendo en cuenta los costes de inversión y de explotación de dichas instalaciones, informó el organismo.
Dichos costes son financiados con cargo a los ingresos por los peajes y cánones establecidos por el uso de las mismas. La metodología se aplicará al período regulatorio 2021-2026.
En particular, esta circular fija un modelo de retribución que permite asegurar la recuperación de las inversiones realizadas en instalaciones, al tiempo que asegura una rentabilidad razonable para una actividad de bajo riesgo e incentiva una gestión eficaz y la mejora de la productividad en los costes de explotación de las instalaciones.
Asimismo, define las instalaciones a retribuir los costes e ingresos a considerar, los criterios de admisibilidad de los costes necesarios y el control de los planes de inversión de las empresas transportistas.
Esta circular fue sometida a consulta pública desde el 5 de julio al 8 de agosto de 2019. Tras estudiar las alegaciones recibidas y el informe emitido por el Ministerio de Transición Ecológica, la CNMC revisó y aprobó a principios de noviembre su remisión al Consejo de Estado. El 12 de diciembre el Pleno de CNMC aprobó la circular, de acuerdo con el Consejo de Estado.
Condiciones de acceso
En el caso de la circular por la que se establecen la metodología y condiciones de acceso y asignación en el sistema de gas natural, su finalidad es determinar el funcionamiento del sistema gasista en lo que se refiere al acceso regulado de terceros a las instalaciones, incluyendo la definición de los servicios y productos de capacidad a ofertar al mercado, los procedimientos para la asignación de capacidad, los criterios generales del funcionamiento técnico del sistema, los fundamentos para el establecimiento de garantías relativas a la contratación de capacidad y los mecanismos de gestión de congestiones.
La propuesta desarrolla la contratación de los servicios de capacidad de forma individual o agregada, a la vez que define nuevos servicios, de manera que los usuarios dispondrán de mayor flexibilidad pudiendo elegir la combinación de servicios de capacidad que mejor se adapten a su cartera de aprovisionamientos y clientes.
Por otro lado, se homogeneizan los procedimientos de contratación en todas las instalaciones del sistema y se establece, por defecto, la asignación de capacidad mediante mecanismos de mercado.
Asimismo, la circular propone un nuevo sistema de gestión conjunta de la capacidad de regasificación y almacenamiento de las plantas de GNL, con el objetivo de simplificar la logística y favorecer el intercambio de GNL entre agentes con independencia de la planta en la que se haya descargado el gas.
La CNMC indicó que esto permitirá favorecer la competencia y la liquidez en el mercado y la aparición de un hub de GNL en España, además de buscar una mayor utilización de las plantas, a la vez que se resuelven problemas operativos actuales.
Esta circular fue sometida a consulta pública desde el 6 de junio hasta el 5 de julio de 2019. Tras estudiar las alegaciones recibidas y el informe emitido por el Ministerio de Transición Ecológica, la CNMC revisó y aprobó en septiembre su remisión al Consejo de Estado. El 12 de diciembre el pleno del regulador aprobó la circular, de acuerdo con el Consejo de Estado.