El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Anteproyecto de Ley de Transparencia e Integridad en las Actividades de los Grupos de Interés que regulará la relación y actividad de los lobbies con los altos cargos de las Administraciones Públicas. Una legislación que determinará qué organizacionales se consideran lobby y las reglas que tendrán que obedecer.
Según ha explicado María Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública, en rueda de prensa, las organizaciones empresariales y los colegios profesionales no estarán sometidos a estas reglas y se podrán relacionar con los altos cargos públicos sin tener que dejar "huella normativa".
Tampoco estarán sometidos a estas reglas las propias Administraciones Públicas (AAPP) para "sus relaciones entre sí", las autoridades públicas extranjeras, los partidos políticos ni los sindicatos.
Código de conducta
Dichas entidades no se tendrán que inscribir en el registro que será necesario para ejercer la actividad de lobby o grupo de interés. Un registro que obliga a un "código de conducta". Dentro de este código se encuentra que estas entidades no pueden hacer regalos de ningún tipo a sus enlaces en la Administración.
El no cumplimiento de dicho código puede suponer la expulsión del registro durante tres años, impidiendo la actividad como lobby.
Por otro lado, según ha explicado Montero, "la norma también combate las puertas giratorias" y determina que un cargo público no puede realizar estas actividades hasta dos años después de haber terminado sus funciones.