El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo.

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La Justicia europea decide el 13 de julio si la banca española tiene que devolver 3.600 millones por el IRPH

El Tribunal de Justicia de la UE se pronuncia, previsiblemente por última vez, sobre la aplicación del IRPH. La banca española no parte como favorita.

23 junio, 2023 03:08

'Match point' para la banca española el próximo 13 de julio en Luxemburgo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) procederá ese día a la lectura de la sentencia sobre la legitimidad de la aplicación del índice IRPH en hipotecas firmadas en España. Esta vez, la banca no parte como favorita.

Se trata posiblemente de la última vez que el TJUE analice la polémica aplicación del índice IRPH a hipotecas firmadas en España, un caso en el que las entidades financieras se juegan al menos 3.600 millones de euros.

El TJUE ya ha examinado el asunto en ocasiones anteriores, pero después, la lectura que ha realizado en España el Tribunal Supremo sobre las sentencias europeas, no ha satisfecho las demandas de los afectados por el IRPH.

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La magistrada Margarita Poveda, del Juzgado de Primera Instancia número 17 de Palma de Mallorca, planteó al TJUE, en abril de 2022, cuestiones prejudiciales referidas a las directivas europeas sobre prácticas comerciales desleales y cláusulas abusivas, en relación con la aplicación del índice IRPH a las hipotecas firmadas en España.

En esta ocasión, la Juez de Palma incide en la omisión por parte de las entidades de informar sobre la necesidad de aplicar un diferencial negativo del IRPH para poder compararlo con otros índices del mercado.

En noviembre de 2022, la Comisión Europea admitió la cuestión planteada por el juzgado mallorquín, instando al TJUE a valorar si los bancos incurrieron en práctica abusiva al comercializar las hipotecas referenciadas al IRPH sin aplicar un diferencial negativo.

Adrián Rebollo e Ignacio Fuster-Fabra, el pasado 16 de marzo en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo.

Adrián Rebollo e Ignacio Fuster-Fabra, el pasado 16 de marzo en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo.

El pasado 16 de marzo se celebró vista en Luxemburgo, en la que los abogados Adrián Rebollo, director de ASJ Jurídico, e Ignacio Fuster-Fabra, socio en Fuster-Fabra Abogado, defendieron los intereses de los clientes bancarios afectados.

Los letrados denunciaron que en las normas del Banco de España está prevista la aplicación del diferencial negativo en la comercialización de préstamos referenciados al IRPH. Y que al no haberlo hecho los bancos españoles, los consumidores nunca han podido bajar sus tipos de interés respecto del Euríbor.

Expectativas favorables

En esta ocasión, las expectativas de los afectados por el IRPH sobre la sentencia europea son positivas, y desfavorables para las entidades financieras.

El caso del IRPH ha sido atribuido a la Sala Novena del Tribunal de Justicia de la UE, compuesta por los jueces L.S. Rossi, O. Spineanu-Matei, y J.C Bonichot. Se trata de los mismos magistrados que han formado parte del tribunal europeo que recientemente, el pasado día 15 de junio, se han pronunciado sobre un asunto polaco en el que un consumidor demandaba a una entidad financiera por cláusulas abusivas en un contrato hipotecario.

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En el caso del consumidor polaco, los jueces se han pronunciado a favor de la anulación en su totalidad del contrato de préstamo hipotecario "debido a que este no puede subsistir tras la supresión de unas cláusulas abusivas".

Y en su reciente sentencia, los jueces se refieren en varias ocasiones al fallo del TJUE en el caso español sobre la retroactividad de los efectos restitutorios de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo, del 21 de diciembre de 2016.

En ese fallo de 2016, el tribunal europeo se pronunció a favor de esa retroactividad, después de que en mayo de 2013 el Tribunal Supremo declarara la nulidad de las cláusulas suelo por abusivas.

La banca española, no obstante, da por cerrada la polémica del IRPH y las entidades no recogen ya prácticamente en sus informes financieros riesgo alguno por ello. Solo CaixaBank informó en sus cuentas de 2022 de mantener préstamos hipotecarios al corriente de pago indexados al IRPH con personas físicas por importe aproximado de 4.825 millones de euros.

La estimación del impacto de una sentencia desfavorable para la banca española por el IRPH oscila entre los 3.600 millones de euros calculado por Barclays hasta los más de 44.000 millones previstos por Goldman Sachs.