El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha anulado este miércoles la inclusión en febrero de 2022 de Petr Aven y Mikhail Fridman, antiguo dueño de la cadena de supermercados Dia, en la lista negra de oligarcas rusos sancionados por la guerra en Ucrania. El fallo sostiene que no se ha demostrado que estos dos magnates dieran cobertura a la política expansionista de Vladímir Putin.
Como consecuencia de estas medidas restrictivas, que suponen la congelación de sus activos y la prohibición de entrar en territorio de la UE, Fridman se vio obligado a dejar la matriz de Dia en marzo de 2022. Fridman y Aven son además importantes accionistas de Alfa Group, un conglomerado que incluye a Alfa Bank, uno de los principales bancos de Rusia.
Para justificar su inclusión en la lista negra, la UE alegó la proximidad de los dos oligarcas al propio Putin, así como como su apoyo a "acciones y políticas que comprometen o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania".
En su recurso al TGUE, Aven y Friedman alegan por el contrario que las pruebas aportadas contra ellos "no son ni fiables ni creíbles". La sentencia de este miércoles estima las demandas de ambos y anula su inclusión en la lista negra de la UE.
El fallo sostiene que "ninguno de los motivos" para sancionarlos "está suficientemente acreditado" y, por tanto, su inclusión en la lista negra "no estaba acreditada".
Según el Tribunal General, los motivos alegados por la UE sí demuestran "cierta proximidad" de Aven y Fridman con el presidente ruso o con su entorno.
Pero la sentencia subraya que estos motivos "no prueban que hayan apoyado acciones o políticas que comprometan o amenacen la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania, ni que hayan prestado apoyo material o financiero a los políticos rusos responsables de la anexión de Crimea o de la desestabilización de Ucrania, o que se hayan beneficiado de ellos".
Contra este fallo del Tribunal General todavía puede interponerse recurso de casación ante el TJUE, limitado a las cuestiones de derecho, en un plazo de dos meses y diez días a partir de la notificación de la resolución.