La Unión Europea obligará a todos los bancos comunitarios a ofrecer a sus clientes servicios de pago instantáneo como Bizum: transferencias en apenas 10 segundos, disponibles las 24 horas del día los 365 días del año. Los negociadores de la Eurocámara y la presidencia española del Consejo han alcanzado un acuerdo político sobre el reglamento de pagos instantáneos, cuyo objetivo es aumentar las opciones para consumidores y empresas y "mejorar la autonomía estratégica del sector financiero europeo".
El acuerdo -que ha sido negociado por el secretario general del Tesoro, Carlos Cuerpo- debe ahora ser ratificado tanto por la Eurocámara como por los Gobiernos de la UE. Las nuevas normas entrarán en vigor tras un periodo de transición (de entre 1 año y 3,5 años), que será más rápido en la zona euro y más largo en los países no pertenecientes a ella, que necesitan más tiempo para adaptarse.
Sólo el 11% de las trasferencias que se realizan en Europa son instantáneas, frente al 90% en países como Brasil o India. En algunos Estados miembros, este tipo de operaciones tienen un precio disparado que puede llegar a los 30 euros, según los datos de Bruselas. El Ejecutivo comunitario cree que el nuevo reglamento ayudará a liberar el dinero bloqueado en tránsito en el sistema financiero, casi 200.000 millones de euros cada día.
"La regulación de los pagos instantáneos acelerará las transacciones diarias entre ciudadanos en la UE. Las nuevas normas traerán beneficios para los ciudadanos y las empresas y mejorarán la autonomía estratégica del sector financiero europeo", se ha felicitado el secretario general del Tesoro.
El reglamento obliga a las entidades que ya ofrecen transferencias normales a poner a disposición de sus clientes también su versión instantánea. En segundo lugar, la norma establece que el precio de estos pagos instantáneos no superar al de las trasferencias tradicionales. El objetivo último de Bruselas es que estas operaciones tengan un coste cero.
Para aumentar la confianza en los pagos instantáneos, los proveedores deberán verificar la coincidencia entre el número de cuenta bancaria (IBAN) y el nombre del beneficiario proporcionado por el pagador con el fin de alertar a éste de un posible error o fraude antes de que se realice el pago.
Cuando se detecte una discrepancia entre el identificador de la cuenta de pago del beneficiario y el nombre del beneficiario proporcionado por el ordenante, el banco tendrá que notificarlo al cliente. Si no lo hace, tendrá que compensar al usuario por cualquier daño financiero.
Como salvaguardia adicional contra el fraude, las entidades deberán permitir a sus clientes establecer un importe máximo para las transferencias instantáneas en euros, que podría modificarse fácilmente antes de la siguiente transferencia.