Ángel Ron, junto a su abogado, en la Audiencia Nacional.

Ángel Ron, junto a su abogado, en la Audiencia Nacional. Europa Press

Banca CASO POPULAR

Ángel Ron gasta su última bala para tratar de esquivar el banquillo por el 'caso Popular': "Mi poder no era omnisciente"

Su recurso de apelación, enviado a la Sala de lo Penal, contradice la tesis del juez, que le calificó de "máximo responsable" de la entidad, ya quebrada.

27 mayo, 2024 19:46

El expresidente del Banco Popular Ángel Ron ha recurrido ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el auto judicial que le mandaba al banquillo por el llamado caso Popular. Ahora, será este tribunal el que decida si va o no a juicio.

Durante casi seis años, en dicha causa, el juez José Luis Calama, titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, ha investigado la ampliación de capital que convocó la entidad financiera en 2016, poco antes de su quiebra, en 2017.

Calama, hace escasas semanas, propuso mandar a juicio a Ron, pese a que exoneró a quien fuese su sucesor hasta el fin de los días del Popular: Emilio Saracho. A ojos del magistrado, el primero de ellos "impulsó" dicha ampliación de capital y "permitió que se aprobara con un déficit de gobernanza notable".

Asimismo, el magistrado considera que Ron habría alterado de forma "premeditada" las cifras del banco para maquillar sus cuentas y así atraer a los inversores a dicha ampliación de capital, por valor de 2.506 millones de euros.

Por su parte, la defensa del exbanquero, ejercida por el abogado José Antonio Choclán, ya presentó un recurso de reforma, con el que trató que el propio juez diese marcha atrás y reculase en su decisión. No tuvo éxito: Calama insistió en la necesidad de mandar a juicio a Ron.

[El juez del 'caso Popular' propone juzgar a Ángel Ron y su cúpula y archiva la causa para Emilio Saracho]

Ahora, Choclán ha formulado un recurso de apelación, dirigido a la Sala de lo Penal, el tribunal jerárquicamente superior al instructor y el encargado de revisar y corregir sus resoluciones.

EL ESPAÑOL-Invertia ha tenido acceso al documento, en el que el abogado de Ron, como ya había anunciado, contradice la tesis del juez. No sólo incide en los argumentos ya expresados en el primer recurso, sino que aporta "nuevas alegaciones". Subraya, por ejemplo, que el poder del presidente del consejo de administración del Banco Popular "no era omnisciente".

Asimismo, el letrado reprocha que la decisión de Calama suponga "una suerte de causa general respecto al señor Ron", al que —según considera el letrado— el auto le atribuye "un conocimiento y control de todos los estamentos del banco, argumentos sin soporte legal y documental, que ni siquiera a nivel indiciario pueden ser acogidos".

En efecto, las dos resoluciones en las que Calama propuso mandar al banquillo al exdirectivo señalaban que éste "era el máximo responsable de la administración de Banco Popular, nada menos que presidente de su Consejo de Administración". "Ron era presidente ejecutivo (...), lideró la ampliación de capital de 2016 (...) y presidía también la comisión delegada del Consejo", reza el segundo de aquellos dos autos, el que rechazaba el recurso de reforma presentado por Choclán. "No es una figura ornamental o meramente representativa", subrayó el juez, en sintonía con la Fiscalía Anticorrupción, que pidió desestimar el recurso, como así sucedió.

Una oficina del Banco Popular en una imagen de archivo.

Una oficina del Banco Popular en una imagen de archivo. Andrea Comas Reuters

Ahora, el abogado defensor solicita a la Sala de lo Penal el archivo de la causa para su cliente, ya que "entre sus atribuciones no estaban ni la contabilización de las operaciones (...) ni la elección de un criterio o interpretación de la norma contable ni la elección de los tasadores".

El recurso pide "tener en cuenta el enorme tamaño del Banco Popular" y su volumen de activos al cierre de 2015, de casi 160 mil millones de euros, así como los 15.000 empleados que componían la plantilla y las más de 2.000 oficinas que, entre España, Portugal y EEUU, llevaban su logotipo y a las que acudían "millones de clientes personas físicas y medio millón de pequeñas y medianas empresas".

"El buen gobierno de una compañía de este tamaño depende de la existencia de procedimientos internos de calidad contrastada", alega el documento.

"El conocimiento de las cuentas por parte del presidente era completo sólo desde la perspectiva de su materialidad. Es decir, en una empresa con 160.000 millones de activos, el conocimiento que puede tener un presidente de los resultados de la misma es aquel que se deriva de unos procedimientos internos reglados y supervisados jerárquicamente que permitan marcar una estrategia, pero no una labor de supervisión técnica que no corresponde en ningún caso al presidente", añade.

Niega el falseo de las cuentas

En descargo de Ron, el recurso señala que las cuentas del Popular eran auditadas anualmente y niega cualquier intento de engañar o estafar a los inversores. Asimismo, recuerda que el expresidente de la entidad, al igual que otros consejeros, invirtieron parte de su patrimonio en la ampliación de capital.

"Y parece altamente improbable y contrario a la razón que si existiese la voluntad de ocultar un desfase contable, alterando la imagen fiel del banco, los administradores y, en este caso, el presidente, al que se le adjudica un papel trascendente en la supuesta falsedad de cuentas o en la supuesta estafa— pidiesen un informe detallado sobre las provisiones por deterioro de créditos previo a la ampliación de capital de 2016 a un tercero externo e independiente del banco", recalca el recurso.

"No hay en los autos ningún indicio que permita afirmar que las cuentas se adulteraron en ninguna de las fases de su generación. No era ni técnica ni fácticamente posible. Dudar de la calidad del proceso, que no fue puesto nunca en duda por ninguno de los sucesivos supervisores, no deja de ser una afirmación arbitraria sin contenido fáctico alguno", reprocha el recurso, de 21 folios.

"¿Cómo se puede acusar sin alegar ni una sola evidencia de participación del presidente del banco en una trama para alterar la contabilidad, cuando eso era fácticamente imposible, sin evidenciarlo ante cualquiera de los externos que participaban en el proceso? ¿Ha declarado alguno de los investigados en las presentes diligencias previas acaso haber recibido instrucciones del presidente en ese sentido?", se pregunta el abogado defensor.

[El exvicepresidente del Popular se une a Ron, exculpa al Consejo y niega la falsedad de las cuentas del banco]

El letrado de Ron recalca que la actuación del entonces banquero fue correcta, según los parámetros del Banco de España, del Banco Central Europeo y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Niega, a su vez, que el folleto informativo de la ampliación de capital omitiese datos relevantes o alterase ciertas cifras.

"Una operación de capital de ese calado tenía que ejecutarse de forma nítida para los consejeros que tenían que decidir la operación, con especial consideración con aquellos que representaban a importantes accionistas y que tenían que someter y sometieron la decisión de acudir a la ampliación a sus órganos internos. Una vez determinado el importe, se comunicó a los supervisores, que dieron el visto bueno al folleto, algo absolutamente contradictorio con lo que sostiene el magistrado instructor", señala el recurso.

En resumen, la defensa de Ángel Ron tacha de "arbitrarias" las conclusiones del juez Calama, al que acusa de "asentarlas en una particular percepción subjetiva" propia y alejada de la realidad, a fin de apuntalar su "voluntad de imputación". Y reitera que la quiebra del banco, en 2017, no derivó de la ampliación de capital del año previo, "que cumplió escrupulosamente con la normativa contable, ni de una supuesta falsedad de las cuentas que la soportaron". Tuvo que ver —desliza Choclán— con "hechos posteriores". ¿Cuáles? La aparición de noticias que provocaron que los clientes retirasen sus depósitos, con la consiguiente crisis de liquidez para el Popular. No obstante, en el auto en el que proponía juzgar a Ron, el juez Calama exoneraba a Emilio Saracho, al no poder probar que este último provocase las "graves filtraciones" que provocaron dicha situación.