Desde marzo de 2020, y durante 27 meses, ha estado vigente la conocida como moratoria concursal. Una medida que se tomó para frenar las declaraciones de quiebra de las empresas debido a la pandemia del coronavirus. Tras tres prórrogas, el pasado 30 de junio se puso punto final a la misma. Y las consecuencias se han dejado notar en el sector de la construcción. En julio, se han declarado 1.725 disoluciones y 133 concursos de acreedores.
De enero a junio, el número de disoluciones en España había sido de 16.393. Son datos de Iberinform que destacan que fueron el sector de la construcción e inmobiliario los que más llevaron a cabo: el 24% el total (3.934). De esa cantidad, 2.622 correspondieron a construcción, y 1.312 a inmobiliarias.
Pero es que sólo en el mes de julio, esa cantidad ha engordado en 1.724 empresas en el sector de la construcción. Es decir, que en un mes, se ha llegado a una cifra que es la mitad de la que se había cosechado en los seis meses anteriores (las ya nombradas 2.622). En el caso de las inmobiliarias, en julio se disolvieron 137 firmas.
La disolución es el acto jurídico a través del cual la sociedad suspende el desarrollo de su actividad social y entra en el proceso para finiquitar su operación y llegar a la liquidación final. También puede suponer su fusión con otras, o su escisión. En concreto, de las 18.110 disoluciones que afectan al tejido empresarial español en los siete primeros meses del año, 2.897 corresponden a construcción, y 1.449 a inmobiliarias.
Conviene recordar que, tras la caída de la moratoria, los acreedores recuperan la capacidad legal para solicitar la declaración concursal de un deudor. Asimismo, los empresarios en situación de insolvencia vuelven a estar obligados a solicitar la declaración.
Motivos varios
Por lo que respecta a los concursos de acreedores (se aplica cuando el deudor no es capaz de satisfacer las deudas por sí mismo), la situación se repite atendiendo a la estadística de Iberinform con datos obtenidos del BOE. De enero a junio, el número de procesos concursales fue de 3.286. Una cuarta parte recayeron en la construcción (625 procesos), mientras que esa cifra se quedó en 196 en el inmobiliario.
Durante julio, la cantidad ha engordado en 133 concursos más en construcción, y en tres más en inmobiliarias. De esta manera, y de enero a julio, el sector del ladrillo ha situado el número de concursos en 758, mientras que las inmobiliarias se quedan en 199.
Varias son las causas que impulsan a construcción e inmobiliario a lo más alto del podio tanto en concursos de acreedores como en disoluciones. Para empezar, la subida de las materias primas. Una situación que ya se venía produciendo desde antes de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, pero que el conflicto no ha hecho más que empeorar.
“El sobrecoste de las obras para las empresas constructoras era del 22,2%. La guerra lo ha disparado al 33,3%”, apuntó Pedro Fernández Alén, presidente de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) durante una rueda de prensa.
En la misma, la patronal señaló cuáles fueron algunas de esas subidas atendiendo a datos del INE. Así, el precio de la energía había crecido un 84% de marzo de 2022 con respecto al mismo mes de un año antes. En el caso de la energía eléctrica había sido del 178,3%; 50% en materiales siderúrgicos; 44,3% en materiales bituminosos; 39,6% en cerámica; o 20% en el cobre, por ejemplo.
Fruto de esta situación, más la escasez de mano de obra, ha llevado a que el número de licitaciones públicas declaradas desiertas haya llegado al millar durante los seis primeros meses de 2022, por ejemplo. Y eso a pesar de los dos reales decretos aprobados por el Gobierno por lo que se revisaban los precios de la obra pública.
Nuevas propuestas
“No han funcionado”, se lamentó el presidente de la CNC. Y advirtió: “O se aprueba un tercer real decreto ley de revisión excepcional de precios, o seguirán muriendo empresas y destruyéndose empleo”.
¿Y por qué no han funcionado? Porque, según explicó Fernández Alén, los dos reales decretos “son para un determinado tipo de obra, cuyo número es muy reducido. Mas del 90% de las empresas no se someten a estos reales decretos, y no se aplica al 80% de las obras”.
[Pedro Fernández Alén (CNC): “Va a ser muy complicado acreditar el incremento de las materias primas”]
Ese tercer real decreto, según propone la CNC, debería incluir diez puntos. Por ejemplo, que las corporaciones locales queden vinculadas por la decisión que tomen las comunidades autónomas en su ámbito de competencia. También que se incluyen las obras comenzadas con posterioridad al 1 de enero de 2021.
Una tercera opción sería que incluya aquellas obras que hayan estado en ejecución durante 2021 y cuya aprobación de la certificación final de las obras por parte del órgano de contratación haya sido anterior a la entrada en vigor del RD-ley 3/2022.
Asimismo, que se aplique el silencio administrativo positivo ante la ausencia de un plazo de respuesta por el órgano de contratación. Y que se modifique la definición del umbral del 5%, rebajándolo a un 2% como máximo.
A este quinteto de propuestas habría que añadir otras como incluir más materiales; que autorice el planteamiento de modificados técnicos por sustitución de los materiales; que compense el desorbitado incremento del precio de la energía (puede representar el 30% del total); que elimine el valor máximo de compensación del 20% sobre el precio de adjudicación del contrato; y, por último, que incluya los contratos de servicios, conservación y mantenimiento de infraestructuras, así como los de los suministros.