Confirmada la multa de 150.000€ a Telepizza por ocultar a la CNMV por qué dimitió Marcos de Quinto
El exdiputado y ex vicepresidente ejecutivo y responsable mundial de marketing de Coca-Cola, fue consejero independiente de Telepizza hasta 2018.
10 noviembre, 2022 15:38El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 150.000 euros a Telepizza S. A. por ocultar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) las verdaderas razones de la dimisión, en 2018, de su consejero Marcos de Quinto.
Así consta en una sentencia, fechada el pasado 31 de octubre, que desestima el recurso de casación interpuesto por la compañía. En marzo de 2021, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional se pronunció en el mismo sentido, dando la razón al Ministerio de Economía, del que depende la CNMV y que confirmó la sanción al considerarla "conforme a Derecho". El motivo de la multa fue una "infracción grave".
Ahora, el Supremo, en una ponencia del magistrado José María del Riego Valledor, recuerda que el 18 de mayo de 2018, la CNMV publicó un hecho relevante sobre la dimisión de De Quinto como consejero independiente.
Su contenido "no habría sido veraz, claro, ni completo, habiendo podido inducir a confusión o engaño al mercado, al señalarse como la causa de dicha dimisión 'motivos personales'".
De esta forma, se "ocultó" la verdadera razón de la renuncia, "que no era otra que las dudas del consejero en relación con la alianza estratégica suscrita por Telepizza con Pizza Hut", una operación estratégica para la compañía.
El Supremo avala ahora la sentencia de la Audiencia Nacional, al considerar que "la incomodidad" en el seno del Consejo de Administración de Telepizza presentó "un componente profesional que trasciende lo estrictamente personal, que no puede obviarse", que motivaron la dimisión de De Quinto.
Por ello, estas razones, de las que Telepizza era "perfecta conocedora" que fueron el verdadero motivo de la renuncia, no debieron obviarse en el hecho relevante que la compañía comunicó a la CNMV.
El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores acordó el 29 de mayo de 2018 imponer a Telepizza Group S. A. una multa de 150.000 euros por la comisión de una infracción grave, tipificada en la Ley del Mercado de Valores.
La compañía distribuidora interpuso un recurso de alzada —de tipo administrativo— contra esa decisión. Una vez denegado en 2020 por parte del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, acudió a la vía contenciosa-administrativa. La Audiencia Nacional confirmó la sanción y Telepizza recurrió dicho fallo ante el Supremo, que vuelve a considerar dicha multa ajustada a Derecho y reitera que la información trasladada a la CNMV fue "incompleta, incorrecta" y no veraz.