El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado este jueves que las ofertas de los supermercados deben calcularse sobre la base del precio más bajo aplicado durante los últimos treinta días.
El fallo da la razón a una asociación alemana de consumidores que impugnó ante un órgano jurisdiccional alemán la manera en que la cadena de supermercados Aldi Süd hace publicidad en sus folletos semanales mediante reducciones de precios o "precios destacados" para algunos productos.
Según esta asociación, Aldi no puede calcular una reducción del precio que figure en un anuncio publicitario sobre la base del precio inmediatamente anterior a la oferta, sino que debe hacerlo sobre la base del precio más bajo aplicado durante los últimos treinta días.
Al respecto, el TJUE señala que, en efecto, una reducción del precio anunciada por un comerciante en forma de porcentaje o de una mención publicitaria dirigida a destacar el carácter ventajoso de una oferta de precio se debe determinar sobre la base del precio más reducido aplicado por el comerciante durante un período que no puede ser inferior a los treinta días anteriores a la aplicación de la reducción del precio.
De este modo, se impide que los comerciantes induzcan a error al consumidor aumentando el precio aplicado antes de anunciar una reducción del precio y presentando así falsas rebajas.