No obstante, el regulador ha impuesto diez límites y condiciones a la central acompañados de cinco Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC), a los que quedará sometido el funcionamiento de la instalación en este nuevo periodo de diez años, hasta 2030.
El informe del CSN se ha remitido al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico que será quien tome la última decisión, de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas (RINR).
El pleno adoptó la decisión tras comprobar el "correcto funcionamiento de la central" y el mantenimiento del "nivel adecuado de seguridad" para continuar con su operación, al tiempo que ha constatado la capacidad de la central para responder a los requisitos normativos actuales de mayor exigencia a los estrictamente requeridos al diseño original de la central.
Durante la evaluación realizada para el informe favorable se tuvo en cuenta también las propuestas de mejora realizadas por el titular de Vandellós como resultado de la Revisión Periódica de la Seguridad (RPS). La decisión tiene en cuenta la verificación del cumplimiento por parte del titular de los requisitos de última autorización vigente, que se concedió en 2010.
El informe también está basado en los resultados de la evaluación de varios informes técnicos especializados e incluye información de las inspecciones realizadas a la central durante la vigencia de la actual autorización por parte del CSN.
Con todo ello, el dictamen del CSN ha fijado diez límites y condiciones, por un lado, de tipo genérico, que rigen para todas las centrales nucleares, como la identificación del titular y explotador responsable, la potencia máxima autorizada, los documentos oficiales de explotación de la central y su trámite de modificación, informes anuales requeridos, salida de bultos radiactivos fuera del emplazamiento, requisitos para solicitar el cese de la explotación, así como para solicitar una eventual nueva autorización.
Además, la planta de Tarragona deberá cumplir las propuestas de actuación del titular, de los compromisos adquiridos por el titular (incorporando las modificaciones a dichos compromisos que el CSN ha introducido en algunos casos), de los programas de mejora de la seguridad y de otras acciones adicionales específicas que el CSN requiere mediante Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC).
Otras de las condiciones son relativas a la protección de los riesgos internos y, en particular, ante posibles inundaciones internas y aspersión, para lo cual el titular de Vandellós tendrá que identificar estructuras, sistemas y componentes que sean relevantes para la seguridad desde el punto de vista de inundaciones así como su programa de mantenimiento, inspección y pruebas asociado.
Por otro lado, la planta deberá realizar algunas acciones relacionadas con la gestión del envejecimiento y la Operación a Largo Plazo (OLP). Por ejemplo, cada tres años tendrá que remitir al CSN un informe en el que se actualice el estado de los componentes y estructuras de sistemas de seguridad.
En cuanto a las instrucciones técnicas complementarias, el CSN ha dispuesto que además de los límites y condiciones establecidos la central deberá desarrollar con estas ITC las condiciones de la autorización, incluidas las relativas a modificaciones más importantes y que requieren acciones adicionales por parte del titular, identificadas en la evaluación y referidas.
Entre otros, se deberán acometer las propuestas de actuación derivadas de la Revisión Periódica de Seguridad (RPS) y el resto de la documentación presentada con la solicitud, así como modificaciones en el plazo y/o las acciones de algunos de los compromisos adquiridos por el titular, y otras acciones adicionales derivadas de la evaluación del CSN.
Otras acciones que se deberán realizar son la revisión de los análisis deterministas de inundaciones internas y aspersión, así como los cambios asociados al Estudio de Seguridad (ES) y al Manual de Protección contra inundaciones internas.
Igualmente, se deberán realizar acciones relacionadas con la gestión del envejecimiento y con la Operación a Largo Plazo, que incluye actuaciones requeridas sobre el informe integrado de estado de los componentes y estructuras y el Plan Integrado de Evaluación y Gestión del Envejecimiento (PIEGE), el Estudio de Impacto Radiológico asociado a la Operación a Largo Plazo (EIR) y las modificaciones al ES y a las ETF relacionadas con la gestión del envejecimiento y la OLP.
En la misma línea, el pleno del CSN ha informado favorablemente el Plan de Gestión de Residuos Radiactivos y del Combustible Gastado (PGRRyCG) asociado a la operación a largo plazo. Este documento es preceptivo para la concesión de la autorización de la explotación y, una vez aprobado supone la revisión 5 del citado plan.
Por último, el CSN también ha informado a favor de la solicitud de renovación de la autorización de protección física presentada por el titular de Vandellós II. Esta autorización entrará en vigor simultáneamente y por el mismo plazo por el que se establezca la autorización de explotación.
El reactor de la central nuclear Vandellós II es un sistema reactor de agua ligera a presión de tecnología de la empresa estadounidense Westinghouse. La planta, una de las más jóvenes de la red nuclear española, obtuvo su autorización de puesta en marcha el 17 de agosto de 1987 y comenzó a producir electricidad el 8 de marzo de 1988. En caso de que el Ministerio emita una autorización de explotación por el tiempo propuesto por el regulador, en 2030 cumplirá 42 años de operación.
Vandellós II da empleo directo a 300 personas y a otras 200 de contratas externas, aunque en época de las paradas anuales el volumen de empleo directo llega a 800 trabajadores.
Sus propietarios son Endesa, al 72%, e Iberdrola, al 28%. La producción de energía bruta de la planta en 2019 fue de 7.686,23 GWh, aunque desde que entró en operación comercial ha alcanzado una producción de energía eléctrica bruta de 241.564 GWh desde marzo de 1988 hasta el 31 de diciembre de 2019, según datos del Foro de la Industria Nuclear.