El Consejo Europeo ha dado luz verde final a la nueva ley para proteger el mercado energético de la UE de la manipulación a fin de reducir la volatilidad de las facturas y la incertidumbre de los consumidores causada por las fluctuaciones de los precios.
Se trata de la actualización del reglamento sobre la integridad y la transparencia del mercado mayorista de la energía (REMIT), que refuerza la transparencia y la supervisión del mercado.
El texto, ahora convertido en ley, ya fue acordado con la Eurocámara, e introduce nuevas medidas para proteger mejor el mercado mayorista de energía de la UE, al generar un escudo para las facturas de energía de los hogares y empresas europeos de posibles fluctuaciones de precios de mercado a corto plazo.
La nueva norma introduce una mayor alineación con las normas de la UE sobre la transparencia de los mercados financieros y cubre nuevas prácticas como el comercio algorítmico, al tiempo que fortalece las disposiciones sobre presentación de informes y monitoreo para proteger a los consumidores de los abusos del mercado.
La ley crea requisitos más claros y estrictos para los participantes del mercado de la UE que residen en un tercer país, por lo que, a partir de ahora, deberán designar un representante en un Estado miembro en el que los participantes operen en el mercado mayorista de energía. El representante deberá ser designado mediante mandato escrito y autorizado para actuar en nombre del participante del mercado.
Asimismo, se refuerza la dimensión de la UE y el papel supervisor de la Agencia para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER, por sus siglas en inglés), que será la encargada de adoptar decisiones sobre inspecciones, solicitudes de información y autorizaciones de Plataformas de Información Privilegiada (PII) y Mecanismos de Información Registrados (MRR).
De este modo, si la ACER no recibe la información necesaria durante las investigaciones sobre casos transfronterizos, podrá imponer multas coercitivas para garantizar el cumplimiento de las decisiones de inspección y las solicitudes de información.
Sin embargo, la facultad de imponer multas por infracciones, incumplimientos de las prohibiciones u obligaciones sustantivas incluidas en el reglamento quedará en manos de los Estados miembro.