
La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC), Cani Fernández.
La CNMC multa a Endesa y Naturgy con 1,2 millones por omitir información a los consumidores en sus facturas
La cuantía se ha minorado en 840.000 euros (480.000 euros para Endesa y 360.000 euros para Naturgy) por haber pagado ya la multa.
Más información: Aluvión de multas de Competencia al sector eléctrico por infracciones graves en la protección al cliente
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha anunciado que multa a Endesa y Naturgy con 1,2 millones de euros por omitir en sus facturas información relevante para los consumidores
Las compañías eléctricas están obligadas a incluir en sus facturas un contenido mínimo, como un código QR/vínculo al Comparador de ofertas de gas y electricidad de la CNMC.
Según el regulador, Endesa Energía y Naturgy Iberia omitieron cierta información a sus clientes, por lo que la CNMC les ha multado con 600.000 euros respectivamente (SNC/DE/079/23) y (SNC/DE/048/24).
En concreto, "la modalidad de facturación sancionada por la CNMC se limita al Plan de Cuotas Fijas, que en 2024 suponía menos del 0,3% del total de la cartera de clientes electricidad y gas de Naturgy", explican a este diario fuentes internas de la compañía.
Y "desde 2022, Naturgy no ofrece esta modalidad de contratación en su cartera de servicios", apuntan.
La CNMC detalla en su comunicado que escanear el QR de la factura permite al cliente ver sus propios datos de consumo y comparar si existen ofertas más o menos económicas en el mercado. Además, le permite acceder al "Entiende tu factura”, otra herramienta de la CNMC que le explica su contrato y cada importe del recibo.
Dos particulares denunciaron haber recibido facturas sin el contenido mínimo exigido. La instrucción de los expedientes acredita que Endesa Energía incluyó códigos QR/vínculos incorrectamente parametrizados y que Naturgy Iberia omitió el código QR/vínculo al Comparador en algunas de sus facturas.
Incumplir los requisitos de información exigibles en las facturas eléctricas constituye una infracción leve del artículo 66.5 de la Ley del Sector Eléctrico.
La CNMC impone 600.000 euros a cada comercializadora, la máxima multa para las infracciones leves, teniendo en cuenta la repercusión sobre los consumidores durante un periodo temporal dilatado.
En el caso de Endesa se minora la sanción en un 20% a la cuantía de 480.000 euros y en el caso de Naturgy se minora la sanción en un 40% a la cuantía de 360.000 euros, por haber realizado ambas el pago en periodo voluntario.
Contra estas resoluciones puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.