Siemens Gamesa

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Observatorio de la Energía

La Justicia de EEUU aprueba un arancel 'antidumping' del 29% a las eólicas Siemens Gamesa, Windar y otras españolas

El Tribunal de Comercio Internacional de los Estados Unidos ha dictado una orden con la que obliga a pagar por fusionarse ilegalmente en territorio americano.

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Nuevo varapalo para el fabricante de aerogeneradores Siemens Gamesa en Estados Unidos. El Tribunal de Comercio Internacional del país americano ha publicado una orden aprobada el pasado 28 de enero en el que condena con aranceles del 28,55% no solo al gigante eólico hispanoalemán, sino a la española Windar y las 'Subsidiarias de Manufactura'.

Según reza el auto de Siemens Gamesa Renewable Energy v. United States, Court No. 21-00449, "el tribunal sostiene la decisión del Departamento en la Segunda Redeterminación de Devolución que asigna un margen de dumping del 28,55% a la entidad compuesta por Siemens Gamesa, Windar y las Subsidiarias de Manufactura de Windar".

Para conocer el detalle de lo ocurrido, hay que remontarse a 2019 cuando Siemens Gamesa se fusionó con Windar y las Subsidiarias de Manufactura de Windar para considerarse una sola entidad.

De esta manera, podía operar en el país con un precio de exportación de mercancía único, y que ahora la Justicia estadounidense considera una actuación ilegal. 

En concreto, se trata de torres eólicas fabricadas en España que se vendieron por un valor inferior al justo (LTFV). El período de investigación abraca del 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020.

Las empresas denunciadas son Siemens Gamesa Renewable Energy (SGRE); Windar Renovables S.A. (Windar); y cinco de las afiliadas de Windar (es decir, Tadarsa Eolica SL; Windar Offshore SL; Windar Wind Services SL; Aemsa Santana SA; y Apoyos Metalicos SA) (colectivamente, SGRE/Windar).

Y aunque el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Circuito Federal hizo firme su sentencia el pasado 28 de enero, "de conformidad con la sección 516A(c) y (e) de la Ley Arancelaria de 1930, en su forma enmendada (la Ley)", y se publicó el 5 de febrero, los aranceles comenzaron a aplicarse con fecha del pasado 7 de febrero. 

 el "demandante y el demandado-interventor pueden presentar comentarios sobre la Redeterminación de Devolución dentro de los 30 días a partir de la fecha de presentación de la Redeterminación de Devolución al tribunal".