El truco de los gastro-after: bocadillo con gin tonic para burlar el cierre del ocio nocturno
El sector defiende que los empresarios se estén "buscando la vida" ante las medidas “sin sentido” del Ministerio de Sanidad.
28 agosto, 2020 01:44Noticias relacionadas
Fue hace dos semanas cuando el ministro de Sanidad, Salvador Illa, decretaba el ‘adiós’ a las discotecas y otros locales de ocio nocturno. El Gobierno siguió así la estela de Galicia, comunidad pionera en instaurar las duras acciones restrictivas. Mientras cientos de empresarios descartaban su viabilidad económica, otros encontraron una fisura legal para burlar el cierre decretado. Hecha la ley, hecha la trampa.
Tras el anuncio del ministro, muchos eran los clientes que esperaban ver sus establecimientos de ocio nocturno cerrados a cal y canto tras la entrada en vigor del decreto. No ha sido así en el caso de Andalucía. Para su sorpresa, los bares de copas continuaban abiertos pero con la nueva normalidad. Además de Gin Tonic o Ron Cola, los bocadillos y los montaditos se colaban en la carta.
El truco está que cada comunidad autónoma tiene competencias exclusivas en el tema y, por tanto, toman decisiones distintas. En el caso de Andalucía, la orden del 16 de agosto confirma el cierre de discotecas pero hace una peculiar referencia: "aquellos establecimientos con música que no sirvan comida no tendrán permitida la apertura".
“Es un sin sentido”, afirman desde Montero Aramburu Abogados. Para comprenderlo, hay que remontarse al Decreto 155/2018 del 31 de julio de 2018 aprobado en Andalucía. En este sentido, el ocio nocturno tiene una categoría de hostelería especial con música por lo que, valga de redundancia, los bares de copas se incluyen en el sector hostelero.
Con ello, según el abogado Jesús Coca, este tipo de negocios únicamente requieren una declaración responsable para ser considerado bar de copas. Esta modalidad permite la venta de comida y no implica la instalación de cocina siempre y cuando se trate de alimentos listos para el consumo.
Las discotecas no se la juegan
Mientras que los bares de copas sí tienen ese escape legal, las discotecas no gozan de tan buena suerte. El también asesor jurídico de la Federación de Empresarios de Hostelería de Andalucía explica a Invertia que podrían solicitar el cambio mediante una declaración responsable.
Sin embargo, apunta el letrado, el problema se lo encontrarán cuando quieran recuperar su antigua actividad, gestión de competencia municipal. “La mayoría no quiere tocar la licencia”, apuntan a Invertia fuentes de la Federación Andaluza de Salas de Fiesta y Discotecas.
“Son difíciles de cambiar y la mayoría de los empresarios no lo hacen a no ser que el Ayuntamiento les garantice que se lo devolverá pasado todo esto”, señalan las citadas fuentes que reconocen que es un proceso que depende de la “permisividad” de cada Consistorio.
“Tenemos que buscarnos la vida”
“La gente se tiene que buscar la vida”. Así contundente es el sector del ocio nocturno que ve “carente de sentido” las medidas “a la ligera” de Sanidad. Por ello, desde la industria andaluza están ultimando un plan de rescate que ya ha sido entregado a la Junta de Andalucía para que tome cartas en el asunto.
El borrador, según ha podido saber Invertia, está compuesto por medidas de carácter nacional, autonómico y local. Entre las medidas que el sector del ocio nocturno reclama se encuentra la rebaja del IVA al 4% una vez puedan abrir sus puertas o ayudas económicas ante los pagos que siguen teniendo pese al cierre decretado.
Con todo esto, la Federación de Empresarios de Hostelería de Andalucía reconoce que el debate se encuentra en ese punto. Admiten que es una práctica que se está dando entre el sector y que se lo hicieron saber al Gobierno andaluz, administración que resaltó su control es de competencia municipal.
El TSJA avala las restricciones
Precisamente, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) se ha referido al tema desestimando el recurso presentado por la patronal de hostelería contra la prohibición de fumar en la vía pública o en espacios al aire libre, la limitación del aforo con un máximo del 75% y el cierre de bares de copas y discotecas.
Tras un recurso del sector, el tribunal andaluz ha defendido las medidas señalando que se trata de una norma temporal que “no tiene vocación de permanencia” y su extensión dependerá de "la evolución de la situación especial de riesgo derivada del incremento de casos positivos por la Covid-19”.
Las medidas “únicamente aspiran a ser eficaces para la situación actual del momento”. “Competen a proteger el derecho a la salud frente a la Covid-19”, incide el TSJA que inicia ahora la apertura de una pieza separada con las medidas cautelares. Por otra parte, cabe recurso de reposición.